La fiscala Giannoni no podrá indagar a dos ginecólogos por el caso Lucía

La fiscala Giannoni no podrá indagar a dos ginecólogos por el caso Lucía

Los vocales Posse, Estofán y Leiva avalaron el apartamiento que dispuso el juez Pedicone. El alto tribunal local 
declaró inadmisible una impugnación de la fiscala.

AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA. Gijena, Guagnini, Gargiulo y Ousset en la Cámara de Apelaciones, en agosto. la gaceta / foto de franco vera AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA. Gijena, Guagnini, Gargiulo y Ousset en la Cámara de Apelaciones, en agosto. la gaceta / foto de franco vera

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán ratificó la decisión que había separado a la fiscala especializada en homicidios, Adriana Giannoni, del proceso penal abierto contra los ginecólogos José Gijena y Cecilia Ousset por su intervención en el cese del embarazo de la niña llamada “Lucía”. La sentencia del 25 de octubre implica que Giannoni no podrá indagar a los médicos como pretendía, a menos que logre que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revoque lo resuelto. Si el fallo de los vocales Daniel Posse (presidente), Antonio Daniel Estofán y Daniel Leiva queda firme, la causa pasará a otra fiscalía para que evalúe si corresponde imputar a Gijena y a Ousset, quienes, junto a la defensora de Menores, Adriana Mónica Romano, fueron denunciados por un grupo de abogados.

Giannoni había acudido a la Corte luego de que Enrique Pedicone, vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción, la sacara del expediente “por temor fundado de falta de objetividad”. En el mismo acto y por una causal parecida, “temor fundado de parcialidad”, Pedicone también había dejado afuera del caso al juez Facundo Maggio. El alto tribunal declaró inadmisible el recurso de la fiscala con dos razones: defectos formales y ausencia de la “gravedad institucional” invocada. Se trata de la primera vez que la Corte juzga un conflicto vinculado a la historia de “Lucía”.

Posse, Estofán y Leiva repararon que el escrito de Giannoni no se ajustaba a las previsiones reglamentarias de la Acordada 1.498/18, que está en vigor desde el 1 de abril de 2019. Este instrumento establece que el recurso de queja por casación denegada debe ser interpuesto con texto mecanográfico en tinta negra mediante un escrito cuya extensión no exceda las 10 páginas con 26 renglones y con letra legible de 12 puntos para arriba. “La impugnación en este caso supera la cantidad máxima de páginas al contener un total de 20”, dijeron los vocales, quienes destacaron que el recurso de casación -rechazado por Pedicone- ya “superaba ampliamente” la cantidad de renglones autorizada.

La Corte manifestó que, si bien aquellos defectos acarreaban en sí mismos la inadmisibilidad de los recursos, la sentencia cuestionada (que admitió las recusaciones) era un acto que en modo alguno ponía fin al proceso o impedía su continuación. “En efecto, la decisión (de Pedicone) resuelve el apartamiento de un magistrado y de una fiscala con el entendimiento de que existieron determinadas circunstancias que afectaron su imparcialidad, lo cual a todas luces no resulta una decisión de carácter definitivo (y apta para ser revisada por el alto tribunal)”, precisaron los vocales. Y añadieron que, pese a que Giannoni había invocado la existencia de “gravedad institucional” para sortear el déficit, no había llegado a acreditarla. “No advertimos arbitrariedad en la sentencia”, dijeron.

Patrulla policial

Gijena y Ousset practicaron una cesárea a “Lucía” el 25 de febrero a la madrugada en el Hospital del Este. Los profesionales particulares se involucraron en la interrupción legal del embarazo por pedido del Ministerio de Salud a cargo de Rossana Chahla luego de que el personal del centro sanitario público se declarara objetor de conciencia. En forma previa a la extracción de la neonata, que falleció el 8 de marzo, la fiscala Giannoni envió un oficio al Hospital del Este en el que advirtió que seguir adelante con la cirugía solicitada por “Lucía” podría conllevar la comisión de delitos. Tanto la niña de 11 años como su madre habían requerido los derechos tutelados por el fallo “FAL” (2012), en el que la Corte de la Nación exhortó a las provincias a implementar protocolos que permitan, sin judicialización, el cese de la gestación producida por una violación.

Tras la cesárea y la muerte de la neonata denominada “Faustina”, los letrados María Teresa Mockevich, Viviana Matar, Luciana María Colombres, Constanza del Carril, Raúl Lezana, Angella Vittini, Jorge Javier Ramacciotti y Ricardo Miguel Auad denunciaron a los médicos, y a la defensora de Menores con el patrocinio de Salvador María del Carril. Estos dijeron que Ousset y Gijena “habrían recibido dinero” (honorarios) a cambio de practicar la cesárea prematura “sin importarles los riesgos a los que sometían a la niña y a la persona por nacer”. La presentación ingresó en la Fiscalía de Giannoni, quien había sido a su vez denunciada por la diputada nacional Teresita Villavicencio (Evolución) por el supuesto amedrentamiento al personal del Hospital del Este.

Los defensores de Ousset y de Gijena, Emilio Guagnini y Pablo Gargiulo, sostuvieron que Giannoni debía inhibirse porque había prejuzgado mediante la remisión del oficio y la colocación de carteles contrarios al aborto en las paredes exteriores de su despacho. Guagnini y Gargiulo cuestionaron a Maggio por haber sido vocero y abogado del Arzobispado de Tucumán, institución contraria a la práctica de la interrupción del embarazo. El camarista Pedicone hizo lugar a las recusaciones el 31 de julio. Horas más tarde, una patrulla de la Policía tocó la puerta del domicilio de los ginecólogos, que están casados, y les entregó la notificación de Giannoni de que debían presentarse a declarar como imputados. La fiscala explicó luego que había emitido la citación un día antes de que Pedicone la sacara del caso y que ello no podía suceder porque su intervención “estaba firme”.

En una nueva audiencia en la Cámara de Apelaciones peticionada por Guagnini y Gargiulo, Pedicone anuló la citación, y ordenó la investigación de la fiscala por negarse a acudir al acto y a entregar el expediente. En ese momento, el juez manifestó: “el empeño de la fiscala Giannoni de persistir a cualquier precio en la postura de indagar a los imputados, cuya libertad corre riesgos, pese a haber sido apartada, no puede ser tolerada por un juez apegado a las convenciones internacionales y a la Constitución, y yo no lo haré”.

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