La idea de crear un fuero electoral en la Justicia gana fuerza en la Legislatura

La idea de crear un fuero electoral en la Justicia gana fuerza en la Legislatura

Una diferencia clave en los proyectos bajo análisis refiere a la composición del tribunal especifico y a la influencia del poder político. Cinco de las seis propuestas para un nuevo ente con competencia en los comicios provinciales contemplan su dependencia de la Corte Suprema en el organigrama. La mayoría coincide también en eliminar la participación del fuero contencioso administrativo en esta materia. Críticas de abogados.

EN 2015. En la sede de la Junta Electoral, en los galpones de calle Mendoza al 1.000, se llevó a cabo una revisión de las urnas que fueron cuestionadas. la gaceta / foto de Analía Jaramillo (archivo) EN 2015. En la sede de la Junta Electoral, en los galpones de calle Mendoza al 1.000, se llevó a cabo una revisión de las urnas que fueron cuestionadas. la gaceta / foto de Analía Jaramillo (archivo)

Serán los árbitros de los comicios provinciales del año que viene. Y con el antecedente de 2015, con urnas quemadas, denuncias de fraude y otros escándalos, sobre ellos se posarán los ojos de todos los actores de la política local.

El rediseño de la Junta Electoral Provincial (JEP) asoma como la próxima etapa en las reformas que impulsa la Legislatura sobre el sistema de votaciones que regirá en 2019. Y si bien abundan las discrepancias, la idea de crear un fuero electoral en la Justicia provincial genera consenso entre los bloques.

En los últimos dos meses fueron presentados al menos seis proyectos de ley que apuntan a una nueva JEP. El oficialismo tiene los números para imponer sus iniciativas, pero espera sumar el apoyo de la oposición para darle el sello de legitimidad al nuevo órgano de control electoral. En ese sentido, las alternativas que parecen tener más “fuerza” proponen un tribunal con cinco vocales. Algunas de ellas, incluso, refieren a tres vocales por la mayoría legislativa y dos por la minoría. Si bien hay otras variantes, como la conformación de un tribunal ad hoc -compuesto por magistrados en funciones y designados por sorteo-, habría coincidencia en que la nueva JEP tenga dependencia directa de la Corte Suprema de Tucumán (CSJT) en el organigrama administrativo.

Sentencia revocada

El origen de la labor reformista sobre el régimen electoral provincial es producto de los comicios de 2015. Tras la denuncia del Acuerdo para el Bicentenario (Cambiemos), un tribunal el fuero contencioso administrativo anuló la votación. Luego de días de incertidumbre en lo institucional, la CSJT revocó ese fallo de primera instancia y, si bien criticó el sistema de votación, reprochó la decisión inicial. El resultado fue confirmado finalmente por el máximo tribunal de la Nación. De todas maneras, este antecedente llevó al oficialismo a pensar en un mecanismo de control electoral que no incluya las cámaras en lo Contencioso Administrativo. Precisamente, esa será la función del fuero electoral.

El último proyecto de ley presentado con ese objetivo lleva las firmas del jefe del bloque Tucumán Crece-PJ, Ramón Santiago Cano, y de otros cuatro oficialistas. La estructura de Justicia Electoral Provincial propuesta por estos legisladores incluye un Tribunal de cinco miembros -designados por el gobernador, con el acuerdo de dos tercios del total del cuerpo legislativo- y un Juzgado Electoral como órgano de aplicación en primera instancia para todo lo relacionado con la Ley de Partidos Políticos, Código Electoral de la Provincia y recursos de amparo vinculados a las votaciones, entre otros.

También ingresaron a fines de julio dos proyectos impulsados por el oficialista Guillermo Gassenbauer y por otros dos peronistas, uno destinado a instituir el fuero electoral provincial -con un tribunal ad hoc específico en la cada sección: Capital, Este y Oeste- y el otro a establecer la figura del Fiscal Público Electoral (FiPE), que oficiarían de veedores de los comicios.

Un sistema similar contiene la batería de reformas aportada por los 11 legisladores de Cambiemos, encabezados por José María Canelada (UCR), Alberto Colombres Garmendia (PRO) y Christian Rodríguez (Peronismo del Bicentenario), que incluye la puesta en funcionamiento de un tribunal electoral ad hoc, de una cámara electoral -integrada por camaristas del fuero contencioso administrativo-, y de un juzgado y de una fiscalía específicas para esta materia.

Luis Espeche (Tucumán Crece) elevó una propuesta en la que apunta a eliminar la competencia electoral del fuero contencioso administrativo para otorgarle las facultades de intervención a un juez electoral y a un tribunal constitucional electoral, compuesto por tres vocales propuestos por el PE, con acuerdo de la Legislatura.

En junio, una iniciativa firmada por Marcelo Caponio y otros 14 legisladores del PJ abrió la polémica sobre la nueva Junta Electoral. En la actualidad, ese órgano está integrado por el presidente de la Corte, por el vicegobernador y por el ministro fiscal de la Justicia provincial. Caponio y sus pares instaron a la creación de un tribunal de cinco vocales, con independencia y autonomía funcional. El apoderado legal del PJ en Tucumán configuró un tribunal de cinco vocales, tres por la mayoría y dos por la minoría. Esas son las principales diferencias con la iniciativa elevada por jefe de la bancada Tucumán Crece, Cano.

Los radicales Ariel García, Fernando Valdez y Raúl Albarracín, si bien habían aportado un proyecto integral de reforma, añadieron una iniciativa el 25 de julio propiciando la puesta en marcha de un fuero electoral que complemente a la Junta. Como en el texto de Caponio, incluyeron una conformación con participación de la mayoría y de la minoría parlamentaria, aunque con un diseño de actuación diferente.

Dictamen negativo

Todos los proyectos de ley referidos al funcionamiento y las potestades de los árbitros de los comicios de 2019 están bajo análisis de la comisión especial de Reforma Electoral, que encabeza el vicegobernador, Osvaldo Jaldo.

En el marco de esta labor, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados giró a la Legislatura un dictamen sobre la propuesta elevada por Caponio y sus pares. El documento, firmado por Marcelo Billone (presidente) y Marcelo Fenik (vocal titular), expresa que los entes de control electoral deben estar “dotados de la máxima transparencia e independencia, tanto del poder político como de los órganos ejecutivos”. Sobre la base de esos criterios, los representantes de los letrados consideraron que la propuesta de Caponio “exhibe una absoluta preeminencia del poder político” en la conformación del tribunal electoral. Además, cuestionaron la amplia facultad con la que contaría la nueva JEP para contratar personal, y mencionaron los antecedentes de nepotismo y “amiguismo”. Por ello, entre otras razones, desaconsejaron la sanción de esa propuesta.

Seis alternativas para el nuevo órgano electoral

PJ
Fundamentos

“Existe el reconocimiento unánime que el sistema actual es social, política e institucionalmente insostenible; es imprescindible maximizar los esfuerzos para alcanzar una reforma política-electoral que represente las expectativas de la sociedad”, señalan los fundamentos del proyecto firmado por Ramón Santiago Cano y sus colegas del PJ.

Integración
“El Tribunal Electoral Provincial estará formado por cinco vocales designados por el Poder Ejecutivo, con el acuerdo de los dos tercios del total de miembros de la Legislatura. Permanecerán en sus cargos mientras dure su buena conducta, y pueden ser removidos por las causales y procedimientos previstos por el artículo 125 de la Constitución provincial (de Jurado de Enjuiciamiento)”, agrega la iniciativa del peronismo.

Intervención
“El Juzgado Electoral estará a cargo de un juez electoral”, añade el proyecto de Cano. Este magistrado debe ser seleccionado por concurso y con acuerdo legislativo. “La creación de la Justicia Electoral Provincial implica garantizar a la sociedad tucumana la existencia de un órgano que represente la independencia, imparcialidad y transparencia en la ejecución y control de los actos que son esenciales en la vida democrática”, resume la última propuesta del oficialismo en sus fundamentos.

PJ y otros
Fundamentos

“Incluso reconociendo que el accionar de la Junta Electoral Provincial (JEP) ha sido probo en un marco político-electoral muy complejo, como fue 2015, se considera que el diseño de la gestión electoral provincial es frágil. Además, se torna inconcluso en cuanto al aspecto jurisdiccional de la materia, deviniendo en una sobrecarga funcional para la JEP y para la Cámara en lo Contencioso Administrativo”, reza el texto elevado por los peronistas Guillermo Gassenbauer (PJ), Stella Maris Córdoba (Proyecto Popular) y Andrés Galván (Partido de los Trabajadores).

Integración
“Los magistrados que integraran los Tribunales Electorales ad hoc serán designados por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, entre los jueces de todas las instancias y fueros de la provincia que estuvieren en ejercicio de la magistratura”, explica la propuesta.

Intervención
“Se propone la creación en el territorio provincial de tres Tribunales Electorales Ad Hoc, que pudieren complementar el accionar de la JEP, de manera tal que el aspecto administrativo de la materia electoral y todo lo atinente a la organización y funcionamiento de los comicios, continuaría siendo competencia de la Junta Electoral Provincial, mientras que la materia jurisdiccional quedaría en cabeza de los Tribunales Electorales”, detalla el texto.

UCR
Fundamentos

“Organizar administrativamente el proceso electoral e impartir justicia en materia electoral son atribuciones que corresponderían a dos ámbitos distintos (órganos administrativos y órganos judiciales). Consideramos necesario evaluar la conveniencia de separar ambas funciones, asignándolas a organismos especializados, uno encargado de organizar el proceso electoral y otro de ejercer justicia electoral”, indicaron los radicales Ariel García, Fernando Valdez y Raúl Albarracín en un proyecto que complementa su propuesta de reforma política-electoral.

Integración
“La Junta Electoral estará integrada por cinco vocales con título de abogado, con (un mínimo de) 40 años de edad y de 15 años de ejercicio profesional”, indica la iniciativa sobre la composición de la JEP. Añade que “el Poder Ejecutivo deberá elegir tres vocales propuestos por la mayoría parlamentaria y dos vocales por la minoría”.

Intervención
“La administración electoral estará a cargo de la JEP, como órgano a cargo de la dirección de los procesos electorales que se convoquen con arreglo a la Constitución y a las leyes (...)”, indica el proyecto. La establece como autoridad de aplicación,  excepto en las materias que se asignan al juez electoral, como el control de la fundación y la caducidad de los partidos.

PJ
Fundamentos

“Nos compele dotar a la Provincia de mayor federalismo, como una solución federal en su sana y sabia esencia, que responda a la necesidad de los pueblos y comunidades diversas que habitan nuestro territorio, a fin de mantenerse juntos y unidos para conseguir un fin común al tiempo que se preserva la identidad de cada uno de ellos”, argumentó el oficialista Luis Espeche en su proyecto de ley.

Integración
“El Tribunal Constitucional con Competencia Electoral se integrará con tres miembros, a propuesta del Poder Ejecutivo y con acuerdo de la Legislatura, siendo su remuneración el equivalente al vocal de la Corte (...). Ejercerá todas las potestades administrativas y jurisdiccionales en autónoma dentro del Poder Judicial, cuya representación continúa en poder la Corte Suprema”, señala la iniciativa de Espeche. a la vez, propicia la creación del titular del Juzgado Electoral, con lo que dejaría de intervenir en esa materia el fuero contencioso administrativo.

Intervención
El proyecto prevé que el juez en lo Electoral “será competente en todos los casos en que se recurriera decisiones de la Junta Electoral”, mientras este último órgano “será competente en toda cuestión o sentencia jurisdiccional contra fallos de última instancia, exclusivamente en materia Constitucional provincial” en lo electoral.

Cambiemos

Fundamentos
“La baja calidad institucional de nuestra provincia no es novedad para nadie y su mejora exige la revisión del diseño de los órganos que intervienen en los procesos político-electorales”, expresa el texto aportado por José Canelada, Alberto Colombres Garmendia, Christian Rodríguez, Alfredo Toscano y otros miembros de Cambiemos.

Integración
El esquema propuesto por los opositores establece la creación de la Justicia Electoral, bajo la órbita de la Corte Suprema. Este fuero estaría conformado por: a) el Tribunal Electoral Provincial ad-hoc, en períodos electorales, que se integra por tres miembros -“el titular del Juzgado con competencia Electoral, quien ejerce la presidencia” y dos magistrados provinciales “de cualquier instancia y fuero, designados por sorteo”-; por b) el Juzgado con Competencia en lo Electoral -a cargo del juez de Primera Instancia que por sorteo haya sido designado-; y c) la Cámara con competencia en materia electoral -“estará formada por tres miembros de la Cámara en lo Contencioso Administrativo”-.

Intervención
Los tres órganos novedosos tendrían su propias funciones. El Tribunal Electoral ad-hoc, entre otras, tendría la de “confeccionar el cronograma electoral para la realización de las elecciones generales provinciales y/o cualquier otro acto comicial” y “organizar el desarrollo los comicios”.

PJ
Fundamentos

“En este proyecto se dota a la Junta Electoral provincial de las características propias de un órgano administrativo que ejerce función jurisdiccional, encontrando similitudes a las funciones y atribuciones que ejerce el Tribunal de Cuentas de la provincia”, expresa el texto elevado por Marcelo Caponio y más de una decena de legisladores del bloque oficial.

Integración
“Se propone una Junta Electoral integrada por cinco miembros, de los cuales tres vocales serán propuestos por la mayoría parlamentaria y dos vocales propuestos por la minoría, garantizándose así la representación de la minoría parlamentaria y dotándose al organismo una integración que le permita un funcionamiento equilibrado”, consigna el proyecto de ley del PJ. Agrega: “se establece que los miembros de la Junta Electoral serán elegidos por el gobernador de la Provincia, con acuerdo de la Legislatura”.

Intervención
“La Junta Electoral provincial pasará a constituirse como órgano administrativo provincial con jurisdicción y competencia exclusiva y excluyente en sede administrativa sobre todas las cuestiones que sean de materia electoral y de partidos políticos. Asimismo, la Corte provincial tendrá competencia originaria y exclusiva para la revisión judicial de actos administrativos ejecutados con la aprobación de la Junta Electoral”, agrega.

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