La propuesta de nueva Junta Electoral es inconstitucional, según un dictamen

La propuesta de nueva Junta Electoral es inconstitucional, según un dictamen

La abogada Fontán aseguró que la iniciativa del oficialismo no garantiza independencia.

Junta Electoral Provincial (JEP) Junta Electoral Provincial (JEP) ARCHIVO LA GACETA / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO
17 Julio 2018

Un dictamen de la cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la UNT arremete contra el resideño de la Junta Electoral Provincial (JEP) que proponen legisladores del oficialismo.

El proyecto prevé el reemplazo del actual órgano que fiscaliza los comicios por una junta de carácter administrativo, compuesta por cinco miembros de carácter vitalicio: tres a propuesta del oficialismo y dos a sugerencia de la oposición. De esta manera, se termina con la integración de la JEP por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, por el ministro fiscal y por el vicegobernador. El texto, impulsado por el legislador y apoderado del Partido Justicialista, Marcelo Caponio, aún no tiene dictamen de comisión.

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A instancias de un pedido del secretario de Relaciones Institucionales de la Capital, José Luis Avignone, la constitucionalista Carmen Fontán formuló un análisis de la iniciativa oficialista. En el dictamen, la abogada concluye que el proyecto tiene vicios de inconstitucionalidad:

• La junta electoral que se crea es un híbrido: tiene naturaleza administrativa, ejerce jurisdiccionales, se le otorga facultades de superintendencia con los mismos poderes y facultades conferidas a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia.

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• No hay ningún antecedente en el derecho público nacional y local de un órgano electoral de naturaleza exclusivamente administrativo y menos aún que gocen de las prerrogativas y de las garantías de intangibilidad de las remuneraciones y de inamovilidad propias de los órganos que integran el Poder Judicial.

• La Corte local ejerce funciones de superintendencia porque en la cabeza de un poder de estado. No puede un órgano administrativo arrogarse estas facultades.

• Su integración dependiente de los órganos políticos del Estado no garantizan su independencia.

• La creación de un órgano administrativo con facultades jurisdiccionales violenta el principio de división de poderes.

• Esta integración y competencia de la Junta Electoral viola además el espíritu y la normativa de la Carta Democrática Interamericana.

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