Un fallo desestima un presunto fraude de Gendarmería y el Correo en 2015

Un fallo desestima un presunto fraude de Gendarmería y el Correo en 2015

Si la sentencia queda firme, la Junta Electoral Provincial podrá incinerar las cajas con miles de votos, que aún permanecen bajo vigilancia en la sede oficial. El juez federal Poviña entendió que no se perpetraron delitos en la custodia de urnas ni en el conteo provisorio.

DECISIÓN POPULAR. Los votos de miles de tucumanos siguen en la JEP. la gaceta / foto de juan pablo SáNCHEZ NOLI (archivo) DECISIÓN POPULAR. Los votos de miles de tucumanos siguen en la JEP. la gaceta / foto de juan pablo SáNCHEZ NOLI (archivo)
20 Diciembre 2017

Gendarmería Nacional no descuidó la cadena de custodia de las urnas en las elecciones provinciales de 2015, pese a que las cámaras del circuito cerrado fallaron en los dos días posteriores a los comicios. Tampoco el Correo Argentino cometió delitos al contar los votos, ya que se trataba de un escrutinio de carácter provisorio, sin impacto alguno en el resultado final. Así lo consideró, al menos por ahora, la Justicia Federal de Tucumán.

El juez federal Fernando Luis Poviña sumó un nuevo rechazo a las denuncias del opositor José Cano (Cambiemos-Acuerdo para el Bicentenario).

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El diputado radical había señalado al Correo y a Gendarmería como supuestos partícipes del presunto fraude registrado en las elecciones pasadas, en las que resultó ganador el actual gobernador Juan Luis Manzur (PJ).

A través de una sentencia firmada el viernes pasado, el magistrado desestimó posibles anomalías por parte de esos organismos. Por ello, dictó el sobreseimiento de dos funcionarios del Correo, Luis Soria y Juan Ángel Díaz. Además, a pedido de la Junta Electoral Provincial (JEP), dio el visto bueno para la incineración de las urnas con más de un millón de votos, que aún permanecen bajo vigilancia. Sin embargo, para que esto suceda, la sentencia debe quedar firme.

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Argumentos

Cano y su compañero de fórmula del ApB-Cambiemos, Domingo Amaya, denunciaron un supuesto fraude electoral en 2015, debido al acarreo de votantes, la entrega de bolsones y otras supuestas anomalías.

Tras un fallo favorable en primera instancia, que declaró la nulidad de los comicios, se sucedieron una serie de reveses judiciales para los opositores.

De hecho, la Corte de la Nación terminó ratificando la validez de las elecciones y la legitimidad de la asunción de Manzur y del vicegobernador, Osvaldo Jaldo.

En paralelo, se tramitó una denuncia penal por supuestas anomalías por parte del Correo Argentino y Gendarmería.

Según Cano, los funcionarios del primer organismo, Soria y Díaz, eran presuntos responsables por una aparente carga irregular de datos en el escrutinio provisorio. Si bien la Fiscalía Federal consideró que esta parte de la pesquisa debía continuar en el fuero provincial, el juez federal entendió que el Correo “se limitó” a ese conteo preliminar. “Los actos llevados a cabo (por esa firma) jamás podrían tener relevancia en el ámbito penal, toda vez que no tiene por sí sola la capacidad de cambiar un resultado eleccionario, tal como afirma la querella (Cano) a lo largo de estos actuados”, señala el fallo.

El Ministerio Público Fiscal había dictaminado a favor de que se investigue a Gendarmería por una posible infracción al artículo 255 del Código Penal Argentino. “Será reprimido con prisión de un mes a cuatro años el que sustrajere (...) o inutilizare en todo o en parte objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente, registros o documentos confiados a la custodia de un funcionario público o de otra persona en el interés del servicio público”, expresa la norma. Ocurre que Gendarmería estaba a cargo de vigilar las urnas, pero el circuito cerrado instalado por una empresa santiagueña, Info FOJ, falló en los dos días posteriores a los comicios del 23 de agosto, por lo que no registró imágenes de lo que ocurría en la sede de la JEP.

La fuerza de seguridad argumentó que “aún encontrándose dañadas las grabaciones, no se vio afectada la custodia de las urnas en forma alguna”. Y aseveró que las filmaciones eran “una medida adicional de vigilancia”, por lo que su falla “no tuvo ninguna incidencia” en el operativo. “No se observa maniobra delictiva alguna por parte de Gendarmería ni por la empresa contratada para la instalación de las cámaras”, señaló Poviña.

La sentencia puede ser recurrida. Pero si queda firme, como pidió la Junta Electoral, se podrá finalmente quemar las urnas de los polémicos comicios de 2015.

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