Nueve respuestas para entender qué va a pasar con Ganancias y el aguinaldo

Nueve respuestas para entender qué va a pasar con Ganancias y el aguinaldo

La AFIP fue cobrando el impuesto de manera adelantada durante el año, pero podría haber sorpresas en muchos casos.

¿CÓMO SABER SI SUFRIRÁS DESCUENTOS CONSIDERABLES? Lo mejor es consultar con el empleador. FOTO TOMADA DE ZONAJOBS.COM.AR ¿CÓMO SABER SI SUFRIRÁS DESCUENTOS CONSIDERABLES? Lo mejor es consultar con el empleador. FOTO TOMADA DE ZONAJOBS.COM.AR
13 Diciembre 2017

Los empleados y jubilados quedaron en alerta respecto al alcance de Ganancias en el medio aguinaldo. Es que la Administración Federal de Ingresos Públicos recordó que según la ley aprobada en diciembre de 2016 el tributo se prorratea a lo largo del año (8,33% del salario durante 12 meses), pero también enumeró una serie de situaciones por las cuales habrá trabajadores en relación de dependencia que igual sufrirán los descuentos.

Si el empleador fue prolijo, Ganancias tomará poco del aguinaldo

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La ANSES afirma que hizo ese prorrateo anual con los jubilados alcanzados por Ganancias y en el Gobierno aseguran que la mayor parte de las grandes empresas también lo hicieron, con lo cual esos contribuyentes no recibirán el descuento de Ganancias en el aguinaldo. Sin embargo, podría haber empresas u organismos que no hicieron ese prorrateo a lo largo del año, con lo cual podría haber trabajadores que tendrán descuento en el aguinaldo.

El medio aguinaldo volverá a ser alcanzado por Ganancias: a quiénes afectará

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LA GACETA consultó al tributarista Octavio Concilio, quien brindó respuestas a los interrogantes que mantienen en vilo a los trabajadores y jubilados:

1- ¿Puede ocurrir que la retención de Ganancia sea mayor?

Puede darse si el empleador aplicó el sistema anterior y no le haya retenido Ganancias sobre el aguinaldo. Si sucedió esto, deberá practicarle la retención sobre la totalidad del impuesto calculado en el momento de pago de aguinaldo.

2- ¿En qué otra situación puede darse?

Si se aplicó parcialmente. Por ejemplo: desde octubre empezó a retener proporcionalmente el aguinaldo; entonces en diciembre deberá ajustar y retener la diferencia por los meses de julio a septiembre no retenidos.

3- Si el empleador no aplicó el nuevo esquema, ¿se paga más Ganancias en el aguinaldo?

No necesariamente, porque lo que se practica es un ajuste y en ningún caso implicaría un incremento de la carga tributaria anual.

4- ¿Cualquier empleado pagará Ganancias sobre el aguinaldo?

No, solo aquellos que superen el mínimo no imponible para 2017. Por ejemplo un empleado soltero pagará Ganancias cuando supere en promedio los $ 23.185 sueldos netos mensuales.

5- ¿Si el contribuyente es casado?

Para el caso de un contribuyente del impuesto a las Ganancias que pueda deducir a su cónyuge y dos hijos de hasta 18 años, sólo deberá abonar el tributo a partir de $ 30.671 netos mensuales, puntualiza Concilio.

6- Si se supera el mínimo, ¿cuánto tendrá que pagar?

Para calcular la retención anual, debe sumarse todas las remuneraciones netas y luego detraerse las deducciones informadas por el empleado a la AFIP (formulario F 572-Web). El empleador le aplicará la escala que oscila entre 5% y 35%.

7- ¿Hasta cuándo puede presentarse el formulario F-572 Web para informar deducciones y disminuir la carga?

El contribuyente tendrá hasta el 31 de enero del año que viene para informar las deducciones generales y personales que corresponden a 2017

8- ¿Qué sucede si tiene ingresos por otro empleo?

Es posible que un trabajador, con dos o más empleos (pluriempleo) no haya informado al empleador donde cobra la remuneración mayor. Puede darse el caso de que se apliquen retenciones inferiores a las que, en realidad, corresponden.

9- ¿Cómo saber si se aplicarán los descuentos?

El empleado, en este caso, tiene la posibilidad de consultarle al empleador si es que se efectuaron los prorrateos de la deducción adicional del impuesto a las Ganancias en los salarios de todo el año.

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