Cartas de lectores
26 Septiembre 2017

Recursos del Estado

Una antigua deformación impositiva le permitió a la Nación desde la década del 30 sustraer las denominadas “contribuciones directas”, que eran originalmente de las provincias. Transformó el gobierno conservador de entonces, lo excepcional -impuestos directos- para la Nación, en permanentes hasta 1994, cuando la Asamblea Reformadora los hizo concurrentes y coparticipables con las provincias y la ciudad de Buenos Aires. Quienes participamos en esa Convención Constituyente reformadora en Santa Fe, recordamos el modo en que Duhalde como gobernador de la provincia de Buenos Aires luchó por mantener el ahora famoso “Fondo de reparación del Conurbano bonaerense”, exigido por el ex vicepresidente de Menem para aceptar la gobernación. En un momento Duhalde amenazó con dejar sin quórum a la Convención si no se mantenía en el texto esa asignación “especifica” de recursos fiscales. Ello llevó a la Convención a sancionar un inciso del artículo 75 de la Constitución, donde declara a todos impuestos directos coparticipables, con “excepción de la parte o el total de las que tengan asignación especifica”. En la parte medular del inciso 2° señala que la nueva ley “dará prioridad a un logro de un grado equivalente, de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional”. Es decir, mayor reparto para el que menos tiene (por ejemplo el Norte argentino). En consecuencia, estando prevista en la letra de la Constitución que las “asignaciones específicas” no son coparticipables, resulta claro que el fondo del conurbano no debe incidir en el sistema de reparto entre Nación, provincias y la Ciudad Autónoma. Seguramente la gobernadora bonaerense únicamente solicita actualización monetaria de esa “asignación especifica”, lo cual es algo judiciable y la Corte Suprema tiene doctrina judicial sobre ello desde la crisis del 2001. Lo que resulta un claro y evidente fracaso político de toda la dirigencia argentina es no haber podido dictar una ley de coparticipación federal luego de 23 años de sancionada la reforma, siguiendo las claras pautas de la norma y del mandato constitucional.

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Dr. Benito Carlos Garzón

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Azúcar en los bares de Córdoba

Distinguidos lectores han opinado sobre la desafortunada ordenanza sancionada por la Municipalidad de Córdoba y promulgada por el intendente Municipal, que no ejerció su derecho al veto. Por mi parte creo que hay un profundo desenfoque del problema; hasta el punto en que, fastidiados por la iniciativa, se han propuesto medidas de represalia o extorsión dejando como desalentador mensaje que el problema no consiste en legislar de modo ilegítimo sino más bien quién lo hace de modo más contundente. Demasiado acostumbrados estamos a la prepotencia del Estado nacional, provincial y local; los que, a sabiendas, sancionan normas inconstitucionales. En este caso, la prohibición aludida supera por mucho el límite de razonabilidad requerido para avanzar sobre la libertad de comercio (artículos 14 y 28 de la Constitución Nacional). El reclamo judicial -además de las gestiones ante las autoridades- es el camino seguro y civilizado para hacer valer el incuestionable derecho contrario a la disposición cordobesa. La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos, que ha servido en muchos casos para la interpretación de nuestro sistema constitucional, tiene dicho que el Poder Judicial, ante lo que hoy se denominan “intereses difusos”, es el órgano del Estado ideado para protegerlos, incluyendo las cuestiones constitucionales y en las que se debatan la regulación económica y políticas públicas (“United States v. Carolene Products - 1938”), y en nuestro país a partir del fallo “Provincia de Santiago del Estero c/ Estado Nacional y/o Yacimientos Petrolíferos Fiscales - Acción de amparo”, del 20/8/85 (Fallos: 307-1379). Debemos acostumbrarnos a actuar en el marco de la Constitución y de las leyes.

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Víctor Manuel Rougés

Avenida Sarmiento 930

S.M. de Tucumán


Desalojo en Ohuanta

El intento de desalojo de los vecinos de la localidad de Ohuanta es un tema de enredos que empezó en 1992 con el cierre del ingenio San Pablo, y que siguió con nombres de oscuros empresarios y malos dirigentes políticos. Los cortes de la ruta 301 por cuatro días fueron una consecuencia de esto. Cabe recordar: en primer lugar, la escuela Nº 12 fue fundada el 1 de septiembre de 1906 con 60 alumnos; su directora fundadora fue la señora Elena de Piñero, quien ubicó el establecimiento en el tablón de caña Nº 1 de esa localidad. En segundo lugar, la herrería de la familia Moreno -que golpea la fragua desde hace cuatro generaciones- herraba mulares de San Pablo y del ingenio El Manantial, y dataria de 1890. Al igual que todas las casas y establecimientos de ese pueblo, sin excepción, fueron cedidas por la Compañía San Pablo de fabricación de azúcar a todos y cada uno de los pobladores de Ohuanta para mejorar su calidad de vida y por las generaciones que ya venían habitando ese suelo. En tercer lugar, la proliferación de barrios cerrados -countries- en la zona, lo único que generan son inundaciones por tapar canales y cauces naturales. Se quiere expulsar a los vecinos de Ohuanta para hacer un barrio privado, aunque todos tienen un acta compromiso de 1996 firmada por los compradores del ingenio, comprometiéndose a no desalojarlos. Nos preguntamos: ¿nadie pone freno a esta situación? ¿Quién autoriza sus construcciones, habilitaciones y carpetas técnicas? El pueblo de Ohuanta es sólo de sus pobladores.

Federico Maximiliano Herrera

Calle Principal 303

San Pablo - Tucumán


Cambios en los puntos de vista

Escuchándolo en una entrevista radial a un candidato a diputado nacional me quedé asombrado con la rapidez con que cambian el discurso los políticos de acuerdo a la vereda en que se encuentren parados. Hasta diciembre de 2015, recuerdo que este candidato era uno de los que exigían que la Nación devolviera a las provincias la tajada con que se quedaba de la coparticipación. Hoy cambió de parecer y le sugiere al oficialismo tucumano que “lean la reforma constitucional de 1994”, ya que es muy difícil que la Nación devuelva la mencionada tajada. Tengo la impresión que este político no interpretó en absoluto el mensaje de monseñor Villalba o que lo acomodó a su gusto y paladar. El mensaje del prelado que fue tanto para oficialistas como para opositores, no toma partido alguno; al contrario reclama propuestas y solamente pide por los tucumanos que son los que terminan pagando los platos rotos.

Fernando Carlos Brunet

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Huelga de hambre I

Por segunda vez me negaron la prisión domiciliaria, esta vez los jueces Slokar y Mahiqes de la Sala 2 de Casación. Adujeron que la ley dice que el juez “podrá...”. Tengo 71 años, padezco asma, hipertensión, diabetes, alto colesterol y dislipidemia. Pese a todo eso no me conceden un derecho establecido por ley y con una abundante jurisprudencia al respecto. Pero esa ley sí le concede ese beneficio a Milagro Sala, de 53 años y sana. A aquellos que aducen que son dos casos diferentes les recuerdo que la ley debe ser pareja para todos. Y no lo es. Hoy llevo ya casi ocho años en prisión por una injusta condena, enfermo y dolido al ver cómo pasa el tiempo y la injusticia me sigue privando el derecho de poder disfrutar el tiempo de vida que me queda rodeado por toda mi familia, la que hoy sufre tanto o más que yo por esta situación. Juré a mi bandera “defenderla hasta perder la vida” cuando tenía solo 16 años, Hoy, 55 años después continúo ratificando ese juramento. Desde el 18 de septiembre pasado comencé una huelga de hambre tratando de que alguien de este Gobierno revea mi situación. Considero que mi salud actual y futura es responsabilidad primaria de los mencionados jueces, a quienes les digo, imitando la respuesta del coronel Escardó en el Alcázar de Toledo cuando habló con su hijo amenazado de ser fusilado: “encomiendo mi alma a Dios y grito bien fuerte: ¡Viva mi Patria! La Argentina”.

Tte. Coronel Martín Rodríguez

Penal de Güemes - Salta


Huelga de hambre II

Soy la hija de un preso político, que lo único que hizo fue servir al país y que hoy está condenado a muerte. Mi padre, el teniente coronel Martín Rodríguez, recibió la pena de prisión perpetua por parte del TOF N° 2 de San Martín porque un testigo dijo que escuchó que alguien decía su nombre en el teléfono a través de una pared. Papá ha tomado la decisión de morir en la cárcel, porque le negaron por segunda vez la prisión domiciliaria. Tiene 71 años y está enfermo, cansado de tanta injusticia. Él dio la vida por su país y siente que le dan la espalda. Mi papá está alojado en el penal de Güemes, Salta, y comenzó la semana pasada una huelga de hambre y medicamentos. Su salud se deteriora cada día. Como hija desesperada sólo le pido a la Justicia que sea justa. Si le dieron la prisión domiciliaria a una mujer de 53 años y sana como Milagro Sala, que también está condenada, ¿por qué no se la dan a mi papá que es un anciano enfermo?

Angela Rodríguez

[email protected]

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