Dictan la nulidad del juicio contravencional contra Milagro Sala por el acampe

Dictan la nulidad del juicio contravencional contra Milagro Sala por el acampe

Acampe de la Tupac Amaru en la plaza Belgrano, en Jujuy, en apoyo de Milagro Sala. FOTO DE ARCHIVO. Acampe de la Tupac Amaru en la plaza Belgrano, en Jujuy, en apoyo de Milagro Sala. FOTO DE ARCHIVO.

Así lo determinó el Juzgado de Control en lo Penal N° 3 de Jujuy.

06 Junio 2017

El Juzgado de Control en lo Penal N°3 de Jujuy declaró la nulidad del juicio contravencional llevado a cabo contra la dirigente social Milagro Sala y la organización Tupac Amaru, por el acampe en la plaza central de la capital jujeña, sucedido entre diciembre y enero del año pasado.

Según la cédula de notificación, difundida esta noche por la defensa de Sala, la decisión es "de conformidad” a lo establecido en el artÍculo 220, entre otros, del Código Procesal Penal y otros fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

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“(Se declara) la nulidad del procedimiento llevado a cabo por el Juez Contravencional N°1, Matías Ustarez Carrillo, como así también del juicio contravencional y de la sentencia dictada en el mismo", según constó en la cédula con fecha 2 de junio, firmada por el secretario del Juzgado N°3, Jorge Carrillo.

Sala fue condenada el pasado 29 de diciembre a tres años y tres meses de proscripción y se dictó el cierre de la sede de la organización Tupac Amaru por tres meses, por la ocupación del espacio público y alteración del orden durante un acampe y protesta consumado durante 51 días en la plaza Belgrano, de la capital jujeña, entre diciembre y enero de 2016.

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La defensa de la dirigente había pedido en enero la revisión judicial de la condena en el juicio contravencional por el acampe en la plaza central de Jujuy por considerar que era "ilegal" y un "horror jurídico", ya que "en la resolución el funcionario no fundamentó la condena y no presentó un solo argumento que permita sostener cómo llegó a sancionarla con la pena económica máxima y mucho menos a proscribirla por más de tres años".

"Con esta resolución queda sin efecto la sanción", aseguraron hoy los abogados Ariel Ruarte y Paula Álvarez Carrera, quienes agregaron que "si bien el departamento contravencional puede apelar, es una noticia importante”.

“Ese juicio fue una vergüenza porque se condenó a una dirigente social por ejercer el legítimo derecho a la protesta", sostuvieron.

Por el acampe también se inició un proceso penal contra la diputada electa del Parlasur, por el cual fue detenida el 16 de enero de 2016 y liberada 10 días después, quedando de todos modos privada de su libertad hasta la fecha por otra causa en la que se la acusa de extorsión, fraude a la administración pública y asociación ilícita, por el supuesto desvío de fondos destinados a la construcción de viviendas. (Télam)



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