La Junta Electoral propuso en 2015 que a sus decisiones las revise la Corte

La Junta Electoral propuso en 2015 que a sus decisiones las revise la Corte

El informe de Gandur a la Legislatura recomienda la ampliación de la competencia originaria. Hoy, cuando una resolución del organismo fiscalizador de comicios es cuestionada, la revisa la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

15 Mayo 2017

La primera mitad de mayo se despidió este fin de semana con una iniciativa que sacudió las relaciones entre el oficialismo y la oposición. El legislador Marcelo Caponio, apoderado del Partido Justicialista tucumano, promueve un proyecto de ley para que se otorgue a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán la competencia originaria “en materia electoral y de partidos políticos”. Es decir, para que las resoluciones que adopte la Junta Electoral Provincial, cuando sean cuestionadas judicialmente, no vayan a la Cámara en lo Contencioso Administrativo, como ahora, sino directamente al superior tribunal de la provincia.

La propuesta ha generado una airada reacción de parte de los parlamentarios opositores, quienes cuestionaron la constitucionalidad de la iniciativa y acusaron al Gobierno de haber convocado falsamente al diálogo político. Sin embargo, la propuesta cuenta con un antecedente de peso institucional, bastante reciente. La mismísima Junta Electoral Provincial ha sido la primera en proponer semejante reforma, hace 18 meses.

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Celeridad y transparencia

En el libro Tucumán dialoga, donde el Gobierno compiló los aportes que brindaron quienes acudieron a su convocatoria al diálogo para encarar una reforma electoral, el capítulo Informes técnicos es inaugurado por el Informe elaborado por la Honorable Junta Electoral de la Provincia de Tucumán sobre el proceso electoral provincial de 2015.

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El documento ocupa 40 páginas y en el apartado Balance crítico advierte: “En este título, queremos exponer las falencias que observamos en el desenvolvimiento de la Junta Electoral Provincial las cuales, si bien no afectaron el normal desarrollo del proceso electoral y los resultados finales, permitirán actuar con mayor celeridad, eficiencia y transparencia en las elecciones venideras”.

El punto 3, que en el libro figura en la página 230, el órgano de control de comicios propone: “Otorgar competencia originaria y excluyente a la Corte de Justicia de Tucumán para conocer en toda acción dirigida contra decisiones de la Junta Electoral Provincial; del mismo modo que por la jerarquía de sus integrantes conoce decisiones referidas al Consejo Asesor de la Magistratura de la Provincia”.

El informe del organismo fiscalizador de elecciones fue remitido originalmente a la Legislatura el 17 de diciembre de 2015, con la firma del actual titular de la Corte Suprema, Antonio Gandur, como presidente de la Junta Electoral Provincial; y de Ana María Rosa Paz, fiscal en lo Civil de la I° Nominación, como vocal de la entidad.

“una picardía del oficialismo”.- El legislador Christian Rodríguez sostuvo que el proyecto del oficialista Marcelo Caponio es “inoportuno”. “Además, deja entrever la clara intención de picardía al armar una ley que solo beneficie al oficialismo de la provincia”, planteó el peronista disidente. El amayista recordó que el ex gobernador, José Alperovich, designó a la mayoría de los miembros de la Corte Suprema de Justicia “Así, al sancionar esta ley el oficialismo tendría asegurados los fallos favorables en lo que respecta a lo electoral. Sería más atinado por parte del oficialismo poner a trabajar la comisión especial de la reforma política. Los tucumanos todavía esperan que demos respuesta a la calidad institucional y que pongamos reglas claras para las elecciones y no el mamarracho que tenemos actualmente”, sostuvo Rodríguez.

“fines acomodaticios a sus intereses”.- “Con este proyecto, Caponio demuestra una total incoherencia, porque antes había presentado una iniciativa para dar doble instancia al fuero contencioso administrativo”, advirtió el legislador radical Raúl Albarracín. “Busca fines acomodaticios a sus intereses partidarios. Eso queda en evidencia porque tuvo un fallo adverso de la Cámara Contencioso Administrativo como apoderado de su partido”, añadió el concepcionense. Además, la competencia de la Corte es excepcional. Por lo tanto, pretender hacerlo como quiere Caponio sería excluir sin razón legal suficiente a los jueces naturales. Su principal fundamento radica en que la Cámara le dicto un fallo adverso en 2015”, completó Albarracín.

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