En una celda para una persona había 11 detenidos

En una celda para una persona había 11 detenidos

Compartían un baño con cloacas saturadas

SIN LUGAR. En el fuero federal existe el mismo problema que en la provincia. SIN LUGAR. En el fuero federal existe el mismo problema que en la provincia.
25 Marzo 2017
El martes ingresó a la Justicia Federal un pedido urgente del comandante del Escuadrón 55° de Gendarmería Nacional, Abel Martín Espinoza, donde se rogaba una inmediata solución sobre el hacinamiento de los detenidos que se encontraban alojados en esa sede. Según informaba la solicitud, que fue acompañada por fotografías, había 11 personas privadas de su libertad en un celda que había sido pensada para una sola. El caso quedó en manos del fiscal Antonio Gómez, quien al día siguiente presentó un hábeas corpus en favor de todos ellos ante la Cámara de Apelaciones de ese fuero.

“(Están en) Condiciones que arriesgan su vida, profundizan las lesiones a la integridad física y violan sus derechos”, argumentó Gómez durante su misiva. Según se supo, todos los detenidos son hombres; siete de ellos están a disposición del Juzgado 1°, a cargo de Daniel Bejas, y el resto tienen causas en el Juzgado 2° de Fernando Poviña.

Gómez, además, fundamentó su competencia en el caso al recordar que “el Ministerio Público de la Nación (tiene) la alta misión de velar por la defensa de los derechos humanos en los establecimientos de detención, para que los que sufren de privación de libertad sean tratados con el respeto debido a su persona, no sean sometidos a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Además, citó numerosos tratados de Derechos Humanos y jurisprudencia al respecto, con fallos de la Corte Suprema de la Nación.

Hacinamiento y peligro


El informe explicaba que, además del hacinamiento al que estaban expuestos los detenidos, existían condiciones que impedían que el lugar contara con la higiene necesaria. Los 11 hombres compartían un baño que se saturó, lo que produjo una rotura de las cañerías y luego, filtraciones que llegaron hacia la zona del alojamiento. Gómez esgrimió al respecto que en la zona en la que dormían había un olor nauseabundo y que todos estaban expuestos a enfermedades.

Por otro lado, se expuso que el escuadrón no tiene lugar para alojar a mujeres privadas de su libertad, como tampoco personal que pueda tratarlas. En ese sentido, se recordó: “Las fuerzas de seguridad no pueden ni deben recibir detenidos en sus unidades de trabajo”.

Sobre el final, Gómez se permitió una lapidaria crítica: “no puede tolerar el Estado tan grave violación a los derechos humanos, que convierten en ilegítima la detención. Es flagrante la violación a la regla XXII de los principios y buenas prácticas sobre la protección de las personas privadas de libertad de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos”.

La Cámara hizo lugar de inmediato al pedido que formuló el fiscal y dispuso el traslado a servicios penitenciarios federales, comisarías provinciales o dependencias de otras fuerzas.

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