Debe acelerarse la vigencia de la ley de gimnasios

Debe acelerarse la vigencia de la ley de gimnasios

Garantizar la salud es una de las responsabilidades fundamentales del Estado. Desde ese punto de vista no se entiende que el Ministerio de Salud Pública se demore tanto en reglamentar la ley 8.897, que sancionada, promulgada y publicada en el Boletín Oficial en agosto de 2016. Han pasado ya siete meses y la norma -que protege la salud de quienes concurren habitualmente a los gimnasios- todavía no se puede poner en práctica.

La ley establece que todos los gimnasios deberán tener un director técnico con título profesional en Educación Física, que todas las actividades que se desarrollen en las instalaciones tienen que estar supervisadas, de manera permanente, por un profesional en Educación Física. Además, los gimnasios deben estar adheridos a un servicio de emergencias médicas y tendrán que capacitar a sus profesionales en técnicas de reanimación cardiorrespiratoria y primeros auxilios.

Todas estas medidas no son, por supuesto, un capricho de los legisladores. Son condiciones imprescindibles para asegurar la salud de quienes acostumbran ejercitarse en un gimnasio, donde concurren, como se sabe, gente de distintas edades, de diferentes niveles de entrenamiento, con variadas necesidades, y es indispensable que estén bien asesorados sobre lo que pueden o no hacer, sobre el esfuerzo que su cuerpo puede soportar, sobre el tipo de gimnasia que más le conviene, y que se pueda prevenir cualquier malestar que surgiera.

Por eso mismo, quienes realicen actividades en un gimnasio tendrán que presentar, al inscribirse, un certificado de aptitud física, que será actualizado cada año, y firmado por un especialista. También deberán presentar los resultados de estudios electrocardiográficos.

El autor del proyecto, Claudio Viña, destacó en su oportunidad que la actividad de los gimnasios siempre había sido muy libre e irregular. Tal vez en el centro de la ciudad, con los gimnasios grandes no haya problemas. Pero, en muchos barrios “algunos son muy caseros, con una persona que cobra y nadie más que se haga cargo de las actividades”, había advertido Viña. Es precisamente esa situación la que se busca corregir con esta loable iniciativa que, sin embargo, no ha merecido de parte de la autoridad sanitaria la debida celeridad.

El funcionario Jorge Valdecantos, de la Dirección General de Gestión Sanitaria, se apresuró en aclarar que la reglamentación de la ley 8.897 ya está redactada y que solo faltan detalles para que sea firmada por el gobernador, Juan Manzur. Especificó que la reglamentación se encuentra en la Fiscalía de Estado, y que ya fue evaluada por ese organismo. Es de esperar que los detalles mencionados se resuelvan con rapidez para que los tucumanos podamos aprovechar, con seguridad y sin perjuicios para la salud, los servicios que ofrecen los gimnasios.

También es deseable que la comunidad reciba con este sentido, de protección y cuidado, la norma. Sin dudas que implicará mayores costos para los gimnasios, y tiempo y un poco de dinero para los interesados. Pero todo es en nombre de la salud. Uno de los principales objetivos de la ley es disminuir los casos repentinos de muerte (a veces, muerte súbita, pero a veces no), que se producen por patologías preexistentes que, al desconocerse, no se tienen en cuenta a la hora de hacer el esfuerzo físico.

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