Es facultad exclusiva del Estado el uso de la fuerza

Es facultad exclusiva del Estado el uso de la fuerza

Como parte, sin duda, de esa violencia que en nuestros tiempos infecta tantos y tan variados aspectos de la vida cotidiana, ocurren muchos casos en los cuales el vecindario golpea a delincuentes que ha logrado sorprender, o que lo atacaron; o que detenidos por la Policía denuncian los malos tratos que recibieron de los agentes de la ley.

Pareciera obvio decir que ambas situaciones son absolutamente condenables. La de los vecinos, porque de ninguna manera pueden adjudicarse el rol de “justicieros”: cuando sucede que atrapan a un delincuente, no tienen derecho alguno de golpearlo, sino que deben llamar de inmediato a la Policía y entregárselo. Y en el caso de los policías, castigar a prisioneros es un grave delito. Está claramente tipificado en dos incisos del artículo 144 bis del Código Penal. Un inciso sanciona con prisión e inhabilitación, al funcionario que, “desempeñando un acto de servicio, cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicará apremios ilegales”. Y el otro inciso pena al funcionario que impusiera, a los presos que guarda, “severidades, vejaciones o apremios ilegales”.

A partir de lo expuesto, la abundancia de delitos no puede, de ninguna manera, retrotraernos a tiempos de la antigüedad. El uso de la fuerza, y con las limitaciones que dictan las leyes, es facultad exclusiva del Estado, en toda nación democrática. Y el mismo Estado tampoco tiene facultades para utilizarla abusivamente.

En nuestra edición de ayer, hemos informado que una de las fiscalas de Instrucción, hizo una concreta advertencia en este sentido. Instruyó a la Policía a proteger a los sospechosos de la furia de los vecinos, expresando que estos, sí pueden detener a un atacante, pueden usar una fuerza razonable para reducirlo, pero no pueden excederse y lesionarlo. Al mismo tiempo, recordó al personal policial que ha de encuadrar todas sus acciones respecto a los detenidos, dentro del respeto estricto de las leyes vigentes.

Nos parece acertada la actitud de esta funcionaria judicial. Nada puede justificar un ejercicio de la violencia contra las personas, que vaya más allá de lo autorizado por las leyes, ni de parte de los ciudadanos, ni de parte de la Policía. Los países civilizados han recorrido un largo camino, hasta que se consagraron ciertos principios cardinales de respeto los derechos de las personas. Permitir que empiecen a aflojarse los criterios que norman ese rubro, equivaldría a ingresar en un ámbito realmente aterrador, cuya vigencia nadie puede desear.

El Estado, repetimos, debe dejar claro para todos que es el único autorizado para utilizar la fuerza contra los infractores de la ley; pero que esa utilización tiene límites precisos y que pasar por sobre ellos constituye tanto un delito como la negación de esos derechos humanos que tanto se invocan en nuestro tiempo. La referida advertencia de la fiscala resulta así más que oportuna, para recordar principios fundamentales que no deben ser conculcados, por las graves consecuencias que de allí se derivarían.

Por otro lado, es hora de que nuestra sociedad supere esa violencia que parece invadirla en todos los órdenes. No es ocioso recordar que carece de toda virtud germinativa, y que de ella no puede esperarse, como fruto, nada más que mayores dosis de violencia.

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