Cartas de lectores
14 Marzo 2017

Subsidio de Salud

Soy afiliado titular al Subsidio de Salud y mi esposa es adherente. Desde nuestro ingreso hemos recibido una gentil y eficiente atención de todo su personal. Al parecer, lo bueno no es duradero. Actualmente, esa atención permanece, pero en lo operativo se ha complicado significativamente desde la decisión de las autoridades de concentrar en calle Monteagudo 369 toda la administración farmacéutica. Allí, inicialmente, sólo funcionaba el “Centro de Calidad de Vida”. Sorprende imaginar que funcionarios expertos han planificado la ejecución y el control de tales actividades. El actual emplazamiento es, a todas luces, carente de funcionalidad. Es difícil desplazarse allí para realizar cualquiera de los muchos trámites. Más aún, se comenta que se pondrá en vigencia un nuevo sistema de compras y que se está en plena etapa de transición. Este permitiría comprar o retirar los medicamentos en la farmacia más próxima al domicilio del afiliado. Obviamente, los de alta complejidad deberían ser solicitados por esas farmacias a los laboratorios de origen, con la consecuente demora en la entrega al afiliado luego de cumplimentar burocráticos trámites periódicos. Me pregunto: atomizar el expendio y entrega en farmacias, ¿no complicaría, encarecería, dificultaría y hasta impediría el control, la más importante de las funciones que sirven para verificar lo que se planificó, programó y ejecutó? Sugiero que el Centro de Calidad de Vida, cuyas actividades ya estaban consolidadas, continúe su excelente tarea y habilitar otra instalación para atender a quienes concurrían por medicamentos a la Casa Central del Subsidio de Salud. Es fácil apreciar cómo se incrementó la cantidad de público, sin que haya aumentado, proporcionalmente, el número de empleados, especialmente en la farmacia. En ella, al parecer, han disminuido. Y en particular, no cambiar el excelente sistema de compras que tiene la obra social, ya que así se asegura el mejor y eficiente control.

José René Iovane
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La UCR y Gualeguaychú

Se cumplen ya dos años de aquella convención nacional en Gualeguaychú que debía marcar el rumbo de la UCR para estos tiempos, la mayoría de los convencionales nacionales convencidos por Ernesto Sanz daban con su voto el acompañamiento electoral a Mauricio Macri candidato a presidente de la Nación por el PRO. En una maniobra mentirosa, el partido centenario participaría de las PASO con candidato propio, sería el mismo Ernesto Sanz, que de manera intencional no alcanzaría a superar a Macri. Ni pasadas 24 horas de aquella convención ya sabíamos por dichos de Macri que no seríamos un gobierno de coalición ¿Qué seríamos entonces? Fue la pregunta y hoy está a la vista: nada. Muchos radicales se cargaron el trabajo encomendado por la decisión partidaria y llegado el resultado de las PASO muchos advertimos la intención; el precandidato a presidente de la nación Ernesto Sanz no obtuvo ni siquiera el porcentaje del padrón de afiliados de la UCR nacional. Sin alternativa para el radicalismo sólo nos quedaría votar por la derrota del kirchnerismo y nada más. Dice el viejo refran: “a río revuelto, ganancia del pescador”. Llegaron las elecciones para definir el futuro Presidente de la Nación y algunos -como yo, por ejemplo- nos apoyamos en el progresismo; otros, en el peronismo disidente renovador, mientras que los orgánicos lo hicieron con el PRO. El escenario de ballotage sorprendió al mundo entero y nos llevó a la reflexión: acompañábamos a Macri para ganarle a Cristina o seguíamos solo siendo una simple oposición en el Congreso de la Nación. Macri ganó y Cristina perdió. Los únicos que no sabemos que nos pasó somos los radicales, que apenas representados en unos cuantos ministerios caminamos sin saber adónde ir. ¿Dónde está Sanz? ¿Quién es el Presidente del partido? ¿Qué nos pasó? No propongo con este comentario fomentar el enfrentamiento con el gobierno nacional, sólo pretendo recuperar la génesis de mi partido, la identidad del radicalismo. Tampoco quiero culpar a Macri y mucho menos a Ernesto Sanz: sólo pretendo que volvamos a ser una alternativa en serio para los argentinos, una alternativa de conducta, acción y moral. Con el grueso de hombres y mujeres que existen en nuestro seno, debemos acompañar el crecimiento nacional y combatir para dar respuesta a las necesidades del pueblo en todas las circunstancias. Hoy nos debemos una nueva convención nacional que nos hermane y así afrontar hasta el desarraigo a los personalistas que nos hicieron tanto daño.

Williams Fanlo
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Los hechos frente a la Catedral

Quiero referirme a lo acontecido durante la marchar por el Día Internacional de la Mujer, el 8 de marzo, en el marco del paro internacional de mujeres. Marcharon 15.000 mujeres al grito de #NiUnaMenos, contra los femicidios y la violencia de género, y por justicia por los casos impunes y aparición con vida de mujeres desaparecidas. Una mujer muere cada 18 horas víctima de violencia de género. Los reclamos del movimiento de mujeres fueron claros y contundentes ante un Estado que no hace nada en la prevención y contención de los delitos de género. Sin embargo, quiero rechazar enérgicamente la persecución ideológica -que nos recuerda a la época de la dictadura y de la inquisición- por parte de grupos católicos de extrema derecha, a los que se sumaron los legisladores Claudio Viña y Colombres Garmendia con proyectos que impulsen la prohibición de manifestaciones en el Día de la Mujer, y la propuesta de que dejen sin trabajo a un grupo de mujeres que realizaron una performance al frente de la Catedral. Estos sectores no se escandalizan por el perdón del Papa a curas pedófilos (nota de LA GACETA del 28/02/17), ni por las víctimas del femicidio, ni ante la muerte evitable por aborto clandestinos, ni ante la trata de mujeres y niños.

Augusto Kozameh
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Sobre el aborto

¿Aborto libre? La Constitución Nacional de 1853/60 guardó silencio sobre este vital tema, hoy nuevamente en discusión. Sólo lo menciona incidentalmente cuando en el artículo 29 prohíbe la concentración de poder en el Ejecutivo que “pudiera poner en riesgo la vida, la fortuna o el honor de los argentinos”. Fue el Código Civil de 1869 el que señaló, en su artículo 70, que “desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas...” En aquellos años no se planteaban cuestiones como la fertilización extrauterina o la existencia de embriones congelados. Sin embargo, el Código Civil, como norma infraconstitucional, podía modificarse por una ley posterior de igual o superior jerarquía. Al recuperarse la democracia en 1983, se suscriben varios Pactos Internacionales de Derechos Humanos. En la reforma constitucional federal de 1994 se otorgó jerarquía constitucional por el artículo 75 inciso 22 a varios de ellos, “en las condiciones de su vigencia”. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos revalorizó la vida como derecho. Por ejemplo, el Pacto de San José de Costa Rica, aprobado en 1984 por ley 23.054, dispone, en su artículo 4° que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”. A su turno, la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada a nuestro derecho interno en 1989 por ley 23.849, sostiene en su artículo 6° que “los Estados partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida”. Dicha ley declaró que para la República Argentina “se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los dieciocho años de edad”. Esto nos obliga a respetar y reconocer los derechos de las personas por nacer, en especial, su “derecho intrínseco a la vida”, conforme declaración interpretativa que formulamos por Ley 23.849, que no fue objetada por ninguno de los Estados parte de la citada Convención. Ello coincide con lo dispuesto por el artículo 31 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, que dispone que para interpretar un tratado internacional se deberá tener en cuenta como integrado al texto “todo instrumento formulado por una o más partes con motivo de la celebración del tratado y aceptado por las demás como instrumento referente al tratado...”. Entiendo, por ello, que para nuestro país, la Convención sobre los Derechos del Niño está obligada internacionalmente a respetar la vida desde la concepción. Así lo reconoció el representante del Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (Unicef), cuando expuso como invitado ante la Comisión de Integración y Tratados de la Convención Nacional Constituyente de 1994. Estas convenciones y tratados internacionales tienen jerarquía superior a las leyes, por lo que ninguna norma infraconstitucional sancionada con posterioridad podría dejarlas sin efecto. El artículo 19 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sostiene, coherentemente, que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”, sin diferenciar entre concepción uterina o extrauterina. Quedó sin resolverse el carácter de persona del embrión no implantado en la mujer. La cláusula transitoria segunda de la ley que aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación estableció que “la protección del embrión no implantado será objeto de una ley especial”. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la causa “Artavia Murillo y otros (Fecundación in vitro) vs. Costa Rica”, del 28/11/12, estableció que el embrión es persona a partir de su implantación en el seno materno. Ese es hoy el tema en debate y discusión.

Luis Iriarte
[email protected]


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