Alfaro aventaja al PJ en el pleito por “justicia social”

Alfaro aventaja al PJ en el pleito por “justicia social”

Un fiscal dictaminó a favor del intendente.

10 Enero 2017
El intendente de la Capital, Germán Alfaro, obtuvo una señal alentadora en su afán de instalar una agrupación política propia. En un dictamen, el fiscal federal Carlos Brito se manifestó a favor de que se le permita mantener la denominación de Partido por la Justicia Social (PJS), a pesar de la oposición deducida por apoderados de varios distritos del Partido Justicialista (PJ).

Jorge Landau (Buenos Aires), Marcelo Caponio (Tucumán), y Alejandro Jandon (Mendoza) se habían opuesto al uso de la expresión “Justicia Social” en el nombre del partido político lanzado por Alfaro el pasado 17 de octubre, y cuyo presidente es el secretario de Gobierno municipal, Walter Berarducci. “El nombre pretendido por la agrupación política Partido por la Justicia Social, se utiliza para denominarse una expresión -justicia social- que está íntimamente vinculada al Partido Justicialista, por lo cual su utilización es patrimonio exclusivo del mismo”, habían planteado los dirigentes. Sostuvieron que de permitirse el uso del término por parte de la nueva agrupación se generaría confusión en el electorado, vulnerando los derechos políticos tanto de los ciudadanos como de su propio partido político.

Sin embargo, distinta fue la opinión del fiscal Brito, que envió al juez federal con competencia electoral, Daniel Bejas, un dictamen en el que aconseja rechazar la oposición deducida por los representantes del PJ. El fiscal funda su postura en torno a dos argumentos centrales. En primer lugar, afirma que no hay tal “exclusividad” de la expresión “Justicia Social”, ya que así lo sentenció el Juzgado Federal con competencia electoral de Capital Federal, a cargo de la jueza María Servini de Cubría, en el año 2009. Esta sentencia, confirmada por la Cámara Nacional Electoral en 2010, dicta que la denominación en cuestión es “tan amplia que no puede decretarse la exclusividad de su uso”, lo que llevaría a desestimar el pretendido agravio de la exclusividad patrimonial que pretendía el PJ.

Por otro lado, Brito sostiene que, gracias al extendido uso de los medios de comunicación, y al espacio que por ley se les concede en estos a los partidos políticos, es inviable que se genere confusión en el electorado. Para apoyar esta postura, el fiscal cita un fallo de la Cámara Nacional Electoral en el que se marca que una confusión entre partidos políticos sólo puede resultar de un grado de total desinformación que podría ser fácilmente disipado por la actividad de las agrupaciones. De esta forma, responsabiliza a los propios partidos, y a los ciudadanos, por la tarea de fortalecer el régimen democrático mediante el adecuado uso de la información. “Los partidos deben, mediante sus actividades de divulgación doctrinaria, despejar las dudas respecto a las ideas por ellos sostenidas que puedan abrigar los ciudadanos, y estos deben, a fin de concientizar su voto, participar en tales actividades”, reza aquella sentencia de 1997, citada por el fiscal Brito.

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