Otro hombre armado en la vía pública: lo fotografiaron en un colectivo

Otro hombre armado en la vía pública: lo fotografiaron en un colectivo

¿Qué dicen las normas con respecto a la portación de armas de fuego? Especialistas de la Secretaría de Seguridad analizaron la situación.

Foto tomada en un colectivo. Foto tomada en un colectivo.
08 Diciembre 2016

La presencia de otro hombre armado en espacios públicos tucumanos volvió a generar alarma. Esta vez, una persona fue fotografiada mientras portaba un arma de fuego en un colectivo que iba hacia Alderetes. Inclusive, en la imagen enviada por un lector vía WhatsApp llama la atención la posición del elemento.

LA GACETA le envió la foto a fuentes de la Secretaría de Seguridad de la Provincia y les consultó sobre las normativas vigentes respecto de la portación de armas. En el caso de que se trate de un oficial de la fuerza de seguridad, explicaron que un agente reviste el estado policial las 24 horas, es decir, frente a un ilícito está obligado a intervenir debido a su condición. Expresaron que no hay reglamentación que impida a los efectivos policiales portar arma y que tampoco es condición obligatoria circular o no el uniforme.

En el caso que se conoció hoy, el arma está en la cartuchera, como marca el reglamento, aunque la posición del estuche no es el correcto, aclararon en al Secretaría de Seguridad. Según advirtieron en la imagen, el arma no tenía bala en la recamara y llevaba el seguro puesto (otras disposiciones obligatorias, según dijeron).



El reglamento nacional de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) explica que una persona física o jurídica “se encuentran autorizadas para acceder, conforme a sus categorías, a los diferentes actos que la normativa vigente prevé para las armas de fuego: tenencia, transporte, uso, portación, fabricación, comercialización en sus diferentes modalidades, entre otras. Previamente, se debe cumplir con las exigencias legales y reglamentarias para estar registrado como Legítimo Usuario (LU), que puede ser individual, colectivo, comercial, coleccionista, cinegético, entidad e instructor de tiro".

En este punto se diferencia entre la tenencia y la portación de arma de fuego. Según el organismo nacional, la tenencia habilita al legítimo usuario a mantener el arma en su poder, transportarla descargada y separada de sus municiones y usarla con fines lícitos -caza, tiro deportivo, entre otros- . En cambio, la portación consiste en disponer, en un lugar público o de acceso público, de un arma de fuego cargada, en condiciones de uso inmediato. La autorización para portación es de carácter restrictiva.

Ayer, un hombre armado fue registrado mientras caminaba en Muñecas al 400. Iba de la mano con un niño y una mujer, en pleno microcentro tucumano, según la imagen publicada por el fotoperiodista Julio Pantoja

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