La Legislatura sancionó la ley de blanqueo de capitales

La Legislatura sancionó la ley de blanqueo de capitales

La Provincia se adherirá a la norma nacional. La iniciativa fue votada por una amplia mayoría.

LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA
08 Septiembre 2016

La Legislatura aprobó esta tarde la adhesión a la Ley Nacional de blanqueo de capitales (N° 27.260). La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, fue apoyada por amplia mayoría. El único que votó en contra fue el bussista Claudio Viña.

La norma tiene como fin generar las condiciones tributarias a los efectos de poder estimular el blanqueo de los capitales tucumanos en lo que hace al marco nacional de esta norma, explicó el legislador radical Ariel García.

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La iniciativa declara la emergencia en litigiosidad previsional con el objeto de que el Poder Ejecutivo establezca acuerdos con los jubilados que están en juicio, que según los datos oficiales alcanzará a 2,4 millones de beneficiarios, entre jubilados que tienen sentencia judicial firme, aquellos que iniciaron juicios aún en trámite y quienes nunca demandaron.

a iniciativa declara la emergencia en litigiosidad previsional con el objeto de que el Poder Ejecutivo establezca acuerdos con los jubilados que están en juicio, que según los datos oficiales alcanzará a 2,4 millones de beneficiarios, entre jubilados que tienen sentencia judicial firme, aquellos que iniciaron juicios aún en trámite y quienes nunca demandaron.
Los acuerdos podrán celebrarse "en los casos en que hubiera juicio iniciado, con o sin sentencia firme, y también en los que no hubiera juicio iniciado", a la vez que establece que los convenios "deberán ser homologados judicialmente, para lo cual se prescindirá de la citación de las partes", según la norma.
En tanto, se creará una Comisión Mixta de Control y Prevención de la Litigiosidad Previsional, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para analizar los casos "no contemplados en los acuerdos transaccionales".
Otro de los puntos importantes del megaproyecto sancionado el mes pasado es la creación del Consejo de Sustentabilidad Previsional, "que tendrá a su cargo la elaboración de un proyecto de ley que contenga un nuevo régimen previsional, universal, integral, solidario, público, sustentable y de reparto".
Con respecto a los jubilados, el Título III de la Ley crea una Pensión Universal para el Adulto Mayor, que será de carácter vitalicio y no contributivo, para todas las personas de 65 años o más, que no perciban ningún otro tipo de beneficio social.
La nueva pensión"consistirá en el pago de una prestación mensual equivalente al 80 por ciento del haber mínimo"jubilatorio, que se actualizará a través de la ley de movilidad que establece dos incrementos al año.
Uno de los cuestionamientos que hizo la oposición, principalmente el Frente para la Victoria, tiene que ver con el Título IV de la norma, que establece que para el pago de los juicios puedan afectarse los recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino.
El otro punto clave del megaproyecto es el Régimen de Sinceramiento Fiscal detallado en el Libro II de la Ley 27.260, queestablece un "sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior".
El nuevo blanqueo de capitales, que según la norma estará vigente hasta el 31 de marzo de 2017, permite, entre otras cosas, la declaración de tenencia de moneda nacional o extranjera; inmuebles; muebles, incluido acciones, participación en sociedades, derechos inherentes al carácter de beneficiario de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares y demás bienes en el país y en el exterior incluyendo créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico.
"Los bienes declarados deberán ser preexistentes a la fecha de promulgación de la presente ley en el caso de bienes declarados por personas humanas y a la fecha de cierre del último balance cerrado con anterioridad al 1° de enero de 2016, en el caso de bienes declarados por personas jurídicas", detalla la Ley.La iniciativa declara la emergencia en litigiosidad previsional con el objeto de que el Poder Ejecutivo establezca acuerdos con los jubilados que están en juicio, que según los datos oficiales alcanzará a 2,4 millones de beneficiarios, entre jubilados que tienen sentencia judicial firme, aquellos que iniciaron juicios aún en trámite y quienes nunca demandaron.

Los acuerdos podrán celebrarse "en los casos en que hubiera juicio iniciado, con o sin sentencia firme, y también en los que no hubiera juicio iniciado", a la vez que establece que los convenios "deberán ser homologados judicialmente, para lo cual se prescindirá de la citación de las partes", según la norma.

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En tanto, se creará una Comisión Mixta de Control y Prevención de la Litigiosidad Previsional, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para analizar los casos "no contemplados en los acuerdos transaccionales".

Otro de los puntos importantes del megaproyecto sancionado el mes pasado es la creación del Consejo de Sustentabilidad Previsional, "que tendrá a su cargo la elaboración de un proyecto de ley que contenga un nuevo régimen previsional, universal, integral, solidario, público, sustentable y de reparto".

Con respecto a los jubilados, el Título III de la Ley crea una Pensión Universal para el Adulto Mayor, que será de carácter vitalicio y no contributivo, para todas las personas de 65 años o más, que no perciban ningún otro tipo de beneficio social.

La nueva pensión "consistirá en el pago de una prestación mensual equivalente al 80 por ciento del haber mínimo"jubilatorio, que se actualizará a través de la ley de movilidad que establece dos incrementos al año.

Uno de los cuestionamientos que hizo la oposición, principalmente el Frente para la Victoria, tiene que ver con el Título IV de la norma, que establece que para el pago de los juicios puedan afectarse los recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino.

El otro punto clave del megaproyecto es el Régimen de Sinceramiento Fiscal detallado en el Libro II de la Ley 27.260, queestablece un "sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior".

El nuevo blanqueo de capitales, que según la norma estará vigente hasta el 31 de marzo de 2017, permite, entre otras cosas, la declaración de tenencia de moneda nacional o extranjera; inmuebles; muebles, incluido acciones, participación en sociedades, derechos inherentes al carácter de beneficiario de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares y demás bienes en el país y en el exterior incluyendo créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico.

"Los bienes declarados deberán ser preexistentes a la fecha de promulgación de la presente ley en el caso de bienes declarados por personas humanas y a la fecha de cierre del último balance cerrado con anterioridad al 1° de enero de 2016, en el caso de bienes declarados por personas jurídicas", detalla la Ley.

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