Los mensajes del caso Belén
Belén es un nombre ficticio. La abogada Soledad Deza se lo puso a la joven condenada a 8 años de prisión por “homicidio agravado por el vínculo” en un caso que desató mucha polémica. Para los jueces que la sentenciaron fue asesinato de un recién nacido y para la defensa y gran parte de la sociedad que visualiza la discriminación contra la mujer, fue un aborto espontáneo de una joven que, en estado de vulnerabilidad física y mental, no sabía que estaba embarazada y que había concurrido al hospital por un cólico. La abogada le puso Belén como medida de protección para que no sea afectada con la revelación de su identidad. Pero no parece casual el nombre de Belén. Además de la ciudad de profundo significado bíblico para tres religiones, alude a la Convención de Belem do Pará, que ha sentado jurisprudencia para la defensa de los derechos de la mujer vulnerable y pobre, que no son vistos de igual modo en el seno de la sociedad traspasada por el machismo. Belén ha vuelto a ser noticia esta semana, por el dictamen del Ministerio fiscal que, aunque no es vinculante, refuta la sentencia del tribunal de la sala III de la Cámara Penal y pone en manos de la Corte Suprema la decisión de aceptar la casación pedida por la defensa y acaso declarar nulo ese fallo.

Desde otro ángulo

Belén ha sacudido la estructura anquilosada de la justicia, poco acostumbrada al cuestionamiento de sus decisiones, como no sea por un poderoso empuje mediático, como fue el caso de la sentencia en el juicio por Marita Verón. Este proceso que había llegado a una absolución a la banda de proxenetas secuestradores, fue apelada por la querella (y por el empuje de Susana Trimarco, la madre de Marita) y transformada luego en condena. En cambio, el caso Belén es una condena apelada por la defensa. En nuestro medio (la provincia y el país), que las defensas logren que les acepten el pedido de revisión de una condena es bastante difícil. La jurisprudencia surge con el caso Matías Eugenio Casal, de 2005, en Buenos Aires. Fue acusado de robo agravado con arma de fuego pero no había arma ni se había consumado el delito. La casación fue rechazada por la Cámara Nacional de Apelación Penal pero el asunto llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El caso es emblemático porque permite que se llegue a la revisión crítica de los elementos con los que los jueces sustentan una condena. En Tucumán hubo un caso representativo de una condena por homicidio revisado por la Justicia. Fue el de Teresa Malvina Seco, condenada en 2013 por la Sala I del Centro judicial de Concepción a 12 años de prisión por matar de una cuchillada al marido. El fallo no tuvo en cuenta la violencia doméstica pese a que la acusada dijo que en la comisaría no le habían querido recibir las denuncias de agresión contra ella y contra su hijo. La credibilidad de la mujer fue cuestionada porque no se había mostrado como una “esposa atribulada” y preocupada por la salud del agresor, que estuvo varios días en el hospital antes de morir en 2010. Tras la casación, la Corte Suprema revocó la sentencia en 2014 y absolvió a la mujer, al interpretar que actuó en legítima defensa (Página 12, 19/5/14).

Contradicciones no contempladas

El caso Belén levantó mucha polvareda porque involucra un aborto espontáneo, que los jueces consideraron un asesinato y la condenaron por eso, pero el reclamo de la defensa fue que el tribunal no tuvo en cuenta las contradicciones en las pericias, que los testimonios de médicos, psiquiatra y enfermeros que la atendieron en el hospital Avellaneda coinciden en que nadie advirtió que estaba embarazada y que los testimonios de médicos sobre los que se funda la sentencia no coinciden con datos de la historia clínica hecha por esos mismos médicos. En el dictamen del ministro fiscal, Edmundo Jiménez, se menciona que se violó la confidencialidad entre médico y paciente, que se hizo un ilegítimo procedimiento, que no se probó con pericia de ADN que la criatura fuera el hijo de ella, que se vulneraron los derechos de la encartada (debido proceso legal, defensa en juicio, garantía de la no autoincriminación, derecho a la igualdad, a la salud y a la intimidad), y que además se sacaron de contexto tanto sus declaraciones como las de los testigos. El fallo es, por lo tanto, nulo, según el funcionario judicial.

“Creo que finalmente se va a hacer justicia”, dijo la abogada Deza. La Corte, más allá de las desavenencias entre el ministro fiscal y el presidente del alto tribunal, Antonio Gandur, tiene 90 días para decidir. Se estima que resolverá en pocas semanas más. La causa Belén ha sido tomada como emblema en el país de “la dignidad inherente a su persona” en el caso de la mujer (art. 4 de la Convención de Belem do Pará).

No ha sido la única noticia sobre hechos violentos que involucran a mujeres. Uno muy dramático ocurrió el sábado pasado en el barrio San Lorenzo de Concepción, donde un hombre amenazó con un cuchillo casero a su ex esposa y la tuvo secuestrada cuatro días. Ella, asistente social, lo había denunciado varias veces ante la Policía y la Justicia e incluso él tenía orden judicial de restricción. Había estado diez días detenido y al salir atacó a su ex. Otro fue el de un hombre aprehendido en una galería céntrica cuando agredía a su mujer. Son dos historias conocidas esta semana. Pero en realidad hay muchas más: la fiscala Adriana Giannoni dice que se estima que hay unas 15 denuncias diarias por violencia doméstica y el secretario de seguridad, Paul Hofer, revela que es la segunda causa por la que la gente llama al 911.

Cada uno por su lado

Hofer y el ministro fiscal se han reunido esta semana para estudiar cómo coordinar para que la Policía informe mejor de las denuncias a la Justicia. En el Gran Tucumán, el 71% de los casos de violencia doméstica son recibidos en las comisarías, el 11% en la Comisaría de la Mujer de calle Don Bosco y el resto en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema en Tribunales. Pero estas áreas actúan cada una a su manera. Las comisarías, que no tienen psicólogos ni asistentes para las víctimas, detallan la denuncia en un papelito y lo envían a Tribunales en forma manual, como parte policial, con 72 horas de demora; la oficina de la Corte sí tiene psicólogos, pero carece de equipos para enviar a corroborar las denuncias; y sólo la comisaría de la Mujer concurre a los lugares de los ataques (11% de los casos) y envía un correo electrónico inmediato a la fiscala Giannoni. Las otras fiscalías no tienen este método y esperan que les lleguen los partes policiales aunque sea tres días tarde. En el encuentro entre Hofer y Jiménez, se acordó que se estudiará cómo hacer para que el 911 informe por e-mail a la fiscalía de turno. Además, Jiménez dice que el lunes próximo habrá un encuentro con la vocal de la Corte, Claudia Sbdar (mentora de la OVD), para que todas las denuncias pasen por la OVD y de ahí se derive a la fiscalía de turno o al juzgado de Familia que corresponda.

Pero todo forma parte de encuentros en busca de salidas a una situación caótica que ha sido bien descripta durante la presentación, el miércoles pasado, del plan nacional para luchar contra la violencia doméstica, anunciado por el presidente Mauricio Macri, la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, y Fabiana Túñez, presidenta del Consejo Nacional de las Mujeres. Macri habló de cambiar “los patrones culturales que naturalizan la agresión contra la mujer” y condenó también la intolerancia de las redes sociales.

Pulseras vs. botones

El plan lanzado, que regirá desde 2017, comenzará con pruebas piloto en provincias (no está previsto aún en Tucumán) y contempla, entre otras cosas, el uso de pulseras y tobilleras electrónicas (por las que se hace seguimiento a los agresores), y el uso de botones antipánico (en menor medida, porque esto traslada la responsabilidad de cuidarse a las mujeres). Así lo vino a proponer en junio, en Tucumán, María Fernanda Rodríguez, del Ministerio de Justicia de la Nación, pero hubo bastante desaliento en Tribunales con la propuesta, porque el uso de pulseras con seguimiento satelital (por GPS) costaría unos 300 dólares por día, según dijo una fuente de tribunales. Tucumán se inclina por los botones antipánico. Pero todavía no hay ninguno para mujeres. Lo único que tiene el Ministerio de Seguridad son los sistemas para activar alarmas por teléfono celular, y eso es lo que se acordó con el Ministerio Fiscal. Para ver cómo funcionan los botones antipánico viajaron a Córdoba hace poco los fiscales Adriana Giannoni (Capital) Mónica García de Targa (Monteros) y Jorge Echayde (Concepción).

“La verdad es que es caótico esto; tenemos que ordenarlo”, dice Jiménez. Pero el desorden no parece tener que ver sólo con el hecho de que “no hay calidad de Justicia”, como dijo el ministro fiscal, sino con un profundo problema cultural, que queda expuesto tanto con el caso Belén como con el de Teresa Seco de hace dos años. Porque podría pensarse que el tribunal que sentenció a Belén (integrado sólo por hombres, Dante Ibáñez, Néstor Rafael Macoritto y Fabián Adolfo Fradejas) actuó con prejuicio machista, así como en el hecho de que la joven haya pasado más de dos años presa en el marco de la investigación que hizo el fiscal Washington Navarro Dávila. Pero también intervinieron mujeres en esa causa: la defensora Norma Bulacio y la jueza Mirta Lenis de Vera. En el caso de Teresa Seco, el tribunal que la había condenado estuvo integrado por dos mujeres: María del Tránsito Grellet y María Raquel Asís, junto a José Alfredo Garzia. Es decir, no se trata de que haya necesariamente mujeres juezas para garantizar la defensa de derechos de la mujer. Es un tema cultural profundo, que el juicio de Belén ha puesto en el tapete. En su dictamen, el Ministerio fiscal sentenció que no sólo se trata de que el Estado se abstenga de violar los derechos, sino que es imperativa la adopción de medidas positivas”. También lo dice la abogada Deza: “la responsabilidad de la Justicia es que no sea necesario que sean las mujeres las que defienden el tema del género”.

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