Puerta a puerta: estos son los cambios en el correo oficial

Puerta a puerta: estos son los cambios en el correo oficial

Habrá que ir a la sede del Correo Argentino a retirar mercadería cuando el envío supere los US$ 200 o 2 kilos.

COMPRAS POR INTERNET. El nuevo sistema comenzará a regir en un mes. FOTO TOMADA DE NEXOFIN.COM COMPRAS POR INTERNET. El nuevo sistema comenzará a regir en un mes. FOTO TOMADA DE NEXOFIN.COM
27 Julio 2016
El Gobierno oficializó hoy en el Boletín Oficial el servicio puerta a puerta para compras en el exterior por Internet. El sistema empezará a regir dentro de un mes y para muchos ya empezó la cuenta regresiva. Pero, ¿cuáles son las principales cambios en el correo oficial?
Para la legislación argentina, se puede realizar una compra a distancia de hasta 25 dólares sin tener que pagar un cargo extra, en forma similar a lo que se ingresa desde el exterior por el aeropuerto de Ezeiza, donde cada turista tiene una franquicia para entrar mercaderías por hasta 300 dólares. Esto era así durante el Gobierno anterior y no cambió con el nuevo régimen.
Una vez superado el límite de 25 dólares, el comprador debe pagar un impuesto equivalente al 50 por ciento de la cifra que exceda ese límite. Es decir que si se compra un par de zapatillas que costaron 50 dólares, en la Aduana hay que desembolsar un cargo por 12,50 dólares (es decir, el 50% del excedente de 25 dólares). 
Los cambios
- Sin límites: sólo habrá que ir a la sede del Correo Argentino a retirar mercadería cuando el envío supere los US$ 200 o 2 kilos
- Impuestos: se mantiene para los paquetes enviados a través del correo oficial la franquicia anual de US$ 25. Superado ese monto, se paga el 50% del valor sobre el bien
- Trámite online: para el pago de impuestos habrá que generar un VEP a través de la Web de la AFIP.
El sistema
- Las compras que se realizan en el exterior se pueden recibir a través de correos privados (couriers, en la jerga), como DHL, Federal Express o UPS, entre otros, o a través del correo oficial, que es Correo Argentino. A partir de la nueva reglamentación, a través de los correos privados se podrán recibir hasta cinco envíos al año, y cada uno no podrá superar los US$ 1000 y 50 kilos.
- Hasta ahora, se podían hacer hasta tres envíos, pero en la práctica se habían acotado casi a cero, dado que las personas debían hacer declaraciones juradas previas en la AFIP y seguir un procedimiento de pago casi tan complejo como el de cualquier importador.
- No se podrán recibir más de tres bienes del mismo tipo (por ejemplo, tres remeras), dado que se supone que la mercadería que llegue vía courier no es para ser comercializada, sino que es para uso personal.
- También la AFIP ampliará ahora el tipo de bienes que se pueden entregar puerta a puerta, y podrán incorporarse desde alimentos hasta juguetes y textiles, entre otras mercaderías. En todos los casos, en un plazo de hasta 30 días corridos de recibida la mercadería, los usuarios deberán llenar un formulario en la web de la AFIP dejando constancia de su compra.
- Para paquetes con un valor declarado de hasta US$ 200 o 2 kilos, el Correo Argentino operará puerta a puerta sin inconvenientes. Sólo hará falta ir a una sede del Correo en la que haya un asiento de la Aduana (básicamente, en Retiro, en la Capital Federal) cuando los paquetes superen los US$ 200 o los 2 kilos.
- En el caso de envíos que se reciben a través del Correo Argentino, el comprador deberá ingresar en la web de la AFIP el número de seguimiento del envío (tracking ID, en la jerga) que proporciona el Correo, declarar el valor y la descripción del o los productos recibidos. Una vez que se valide dicho registro, se generará en forma automática un volante electrónico de pago (VEP), por los conceptos y valores que corresponda abonar.
- Para los envíos a través del correo oficial se mantendrá la franquicia vigente de US$ 25 al año. Superado este monto, se deberá pagar impuestos por el equivalente al 50% del valor declarado de la mercadería.
- Los libros, impresos y documentos serán liberados mediante la modalidad puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar ningún tipo de declaración, cuando ingresen a través del Correo Argentino. Mientras que para los paquetes que lleguen a través de courier se aplicarán los impuestos correspondientes a la importación normal de cada uno de esos bienes. Pero en estos casos serán los prestadores del servicio de correo los encargados de realizar la declaración de los envíos. Esta declaración incluye la descripción de los productos involucrados y los valores correspondientes. También serán responsables tributarios del pago ante la AFIP.

El servicio "puerta a puerta" para compras en el exterior por Internet empezará a regir dentro de un mes, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Para la legislación argentina, se puede realizar una compra a distancia de hasta U$S 25 sin tener que pagar un cargo extra, en forma similar a lo que se ingresa desde el exterior por el aeropuerto de Ezeiza, donde cada turista tiene una franquicia para entrar mercaderías por hasta U$S 300. Esto era así durante el Gobierno anterior y no cambió con el nuevo régimen.

Publicidad

Una vez superado el límite de U$S 25, el comprador debe pagar un impuesto equivalente al 50% de la cifra que exceda ese límite. Es decir que si se compra un par de zapatillas que costaron U$S 50, en la Aduana hay que desembolsar un cargo por U$S 12,50 (es decir, el 50% del excedente de U$S 25). 

Los cambios

- Sin límites: sólo habrá que ir a la sede del Correo Argentino a retirar mercadería cuando el envío supere los US$ 200 o 2 kilos.

- Impuestos: se mantiene para los paquetes enviados a través del correo oficial la franquicia anual de US$ 25. Superado ese monto, se paga el 50% del valor sobre el bien.

Publicidad

- Trámite online: para el pago de impuestos habrá que generar un VEP a través de la Web de la AFIP.

El sistema

- Las compras que se realizan en el exterior se pueden recibir a través de correos privados (couriers, en la jerga), como DHL, Federal Express o UPS, entre otros, o a través del correo oficial, que es Correo Argentino. A partir de la nueva reglamentación, a través de los correos privados se podrán recibir hasta cinco envíos al año, y cada uno no podrá superar los US$ 1000 y 50 kilos.

- Hasta ahora, se podían hacer hasta tres envíos, pero en la práctica se habían acotado casi a cero, dado que las personas debían hacer declaraciones juradas previas en la AFIP y seguir un procedimiento de pago casi tan complejo como el de cualquier importador.

- No se podrán recibir más de tres bienes del mismo tipo (por ejemplo, tres remeras), dado que se supone que la mercadería que llegue vía courier no es para ser comercializada, sino que es para uso personal.

- También la AFIP ampliará ahora el tipo de bienes que se pueden entregar puerta a puerta, y podrán incorporarse desde alimentos hasta juguetes y textiles, entre otras mercaderías. En todos los casos, en un plazo de hasta 30 días corridos de recibida la mercadería, los usuarios deberán llenar un formulario en la web de la AFIP dejando constancia de su compra.

- Para paquetes con un valor declarado de hasta US$ 200 o 2 kilos, el Correo Argentino operará puerta a puerta sin inconvenientes. Sólo hará falta ir a una sede del Correo en la que haya un asiento de la Aduana (básicamente, en Retiro, en la Capital Federal) cuando los paquetes superen los US$ 200 o los 2 kilos.

- En el caso de envíos que se reciben a través del Correo Argentino, el comprador deberá ingresar en la web de la AFIP el número de seguimiento del envío (tracking ID, en la jerga) que proporciona el Correo, declarar el valor y la descripción del o los productos recibidos. Una vez que se valide dicho registro, se generará en forma automática un volante electrónico de pago (VEP), por los conceptos y valores que corresponda abonar.

- Para los envíos a través del correo oficial se mantendrá la franquicia vigente de US$ 25 al año. Superado este monto, se deberá pagar impuestos por el equivalente al 50% del valor declarado de la mercadería.

- Los libros, impresos y documentos serán liberados mediante la modalidad puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar ningún tipo de declaración, cuando ingresen a través del Correo Argentino. Mientras que para los paquetes que lleguen a través de courier se aplicarán los impuestos correspondientes a la importación normal de cada uno de esos bienes. Pero en estos casos serán los prestadores del servicio de correo los encargados de realizar la declaración de los envíos. Esta declaración incluye la descripción de los productos involucrados y los valores correspondientes. También serán responsables tributarios del pago ante la AFIP.

Comentarios