La Corte propone limitar la aplicación de la prisión preventiva

La Corte propone limitar la aplicación de la prisión preventiva

La reforma procesal parcial que el alto tribunal propuso a la Legislatura incluye la posibilidad de priorizar la persecución de ciertos delitos

ESTE MIÉRCOLES. Los vocales Gandur y Posse (centro) llegan a la Legislatura. LA GACETA / FOTO DE FLORENCIA ZURITA ESTE MIÉRCOLES. Los vocales Gandur y Posse (centro) llegan a la Legislatura. LA GACETA / FOTO DE FLORENCIA ZURITA
12 Febrero 2016

La propuesta de reforma parcial del Código Procesal Penal de Tucumán que formuló la Corte Suprema de Justicia de Tucumán incluye restricciones para el empleo de la prisión preventiva. Entre otros cambios, el alto tribunal solicitó la supresión de la aplicación de este instituto en los casos de abigeato (hurto de ganado). La enmienda que la Corte solicitó al vicegobernador Osvaldo Jaldo este miércoles comprende asimismo la habilitación para priorizar la persecución de ciertos delitos, y para someter algunos casos penales a las salidas alternativas de la conciliación y la mediación.

Fuentes del Poder Legislativo adelantaron que en la sesión programada para la semana que viene aprobarán los cambios que promovieron los vocales Antonio Gandur (presidente), Claudia Sbdar, Antonio Estofán y Daniel Posse durante la reunión con Jaldo; el presidente subrogante de la Legislatura, Julio Silman; Guillermo Gassenbauer (hijo del ex funcionario alperovichista) y Ariel García (UCR), vicepresidentes primero y segundo, y Marcelo Caponio, titular de la comisión de Asuntos Constitucionales. Al término de ese encuentro, el vicegobernador dio su apoyo a la reforma procesal penal integral que había elaborado una comisión especial por decisión de la Legislatura anterior. La reforma parcial que impulsa la Corte se inspira en aquel anteproyecto global consensuado con los tres poderes del Estado y los colegios de abogados (oposición y representantes del Ministerio Público incluidos). Si bien el oficialismo dio señales de que pretende convertir el trabajo completo en ley, la idea es avanzar, mientras tanto, con modificaciones concretas que aliviarán el colapso de la Justicia penal y la crisis del sistema carcelario.

Las modificaciones sugeridas por la Corte están comprendidas en 12 artículos llamados a “parchar” por enésima vez el Código Procesal Penal de Tucumán adoptado en 1991, según los papeles a los que accedió este diario. La incorporación del llamado principio de oportunidad autorizará a los fiscales de Instrucción a declinar la acusación en ciertas circunstancias. Este instituto se contrapone al principio de legalidad hoy vigente, que obliga al Ministerio Público a tramitar todas las denuncias que recibe, por más irrelevantes que sean. En la práctica resulta un deber de ejecución imposible puesto que, según la estadística de la Corte Suprema, más de 72.000 causas ingresaron al fuero penal de la capital en 2014. El ministro público Jiménez dijo antes de ayer que esa cifra volvió a aumentar el año pasado.

El principio de oportunidad ingresó al Código Penal de la Nación en junio mediante una norma que delega su regulación a las leyes procesales que sancionen las provincias. Ello implica el establecimiento de una política criminal que priorice la investigación de los casos en función de su importancia para el interés público y la paz social. La búsqueda de un desahogo para el fuero penal colapsado se complementa con la propuesta para introducir la conciliación y la mediación, dos salidas alternativas al juicio oral, siempre que concurran ciertos delitos y circunstancias.

Las restantes modificaciones parciales procuran limitar el uso de la prisión preventiva, ya sea mediante la aplicación de medidas sustitutivas como la retención de documentos de viaje y la vigilancia del imputado mediante algún dispositivo electrónico de rastreo, o el establecimiento de la obligación de circunscribir el instituto a un período de tiempo preciso y determinado (el plazo máximo es dos años prorrogables por un semestre más). Los jueces, además, deberán justificar la extensión de la medida.

Los cambios relativos a la prisión preventiva obedecen a la intención de tutelar los derechos humanos de los acusados, según explicaron fuentes judiciales. El año pasado, un hábeas corpus promovido por los fiscales Diego López Ávila y Adriana Giannoni permitió dimensionar la saturación de las cárceles provinciales. En diciembre, Regino Amado, ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, informó que la estructura disponible tiene capacidad para albergar a sólo 1.400 presos. En agosto, la Corte Suprema prohibió el alojamiento de imputados con prisión preventiva en las comisarías.

EL COLAPSO DEL FUERO PENAL

LA CORTE QUIERE QUE EL FISCAL PUEDA DISPONER DE LA ACCIÓN PENAL Y ALTERNATIVAS AL JUICIO

La conflictividad siempre ascendente jaquea al fuero de la Justicia encargado de esclarecer los hechos delictivos. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán considera que la incorporación del principio de oportunidad, que permite priorizar ciertos casos respecto de otros, contribuirá a usar mejor las energías del Ministerio Público y los recursos estatales. La propuesta de reforma parcial solicitada a la Legislatura dice que el fiscal de Instrucción podrá prescindir total o parcialmente del ejercicio de la acción penal o limitarla cuando, por ejemplo, se trate de hechos que, por su insignificancia, no afecten el interés público (la acción nunca podrá ser dejada de lado en los casos que involucren a funcionarios del Estado). En forma complementaria al principio de oportunidad, la reforma parcial sugerida por el alto tribunal incluye la posibilidad de someter algunos conflictos a la mediación y a la conciliación, dos salidas alternativas al juicio oral.

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CRISIS CARCELARIA

LA REFORMA PARCIAL DA DE BAJA LA POSIBILIDAD DE APLICAR LA PRISIÓN PREVENTIVA AL ABIGEATO

La regla indica que, en aras del principio de inocencia, el imputado conservará la libertad mientras se desarrolla el proceso penal. La excepción es la prisión preventiva prevista inicialmente para casos donde la libertad implique grandes riesgos y peligrosidad. En las últimas décadas, y debido a la tendencia a prolongar el trámite de las causas durante años y al aumento de la inseguridad, la prisión preventiva se hizo más laxa hasta convertirse en una especie de condena anticipada. La provincia no es ajena a este fenómeno: en noviembre de 2014, la Legislatura extendió la aplicación de la prisión preventiva a los arrebatadores que actúan en la vía pública. El proyecto de reforma procesal parcial de la Corte da de baja el empleo de la prisión preventiva en casos de abigeato, y propone nuevas medidas sustitutivas de la privación de la libertad, como la vigilancia del imputado mediante algún dispositivo electrónico de rastreo.

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