El cupo, el primer paso hacia una ley de género

El cupo, el primer paso hacia una ley de género

La Ley de cupo que se estrenará para los comicios de agosto tiene una innovación: especifica que el género es el autopercibido por el postulante. El Gobierno, que redactó el texto, entiende que debería avanzarse en una norma que equipare ambos sexos. Desde Cladem advierten un retroceso

04 Julio 2015
El 21 de mayo, con el proceso electoral provincial en marcha, la Legislatura aprobó la Ley de cupo femenino (8.783). La norma cubrió un vacío legal en el sistema electoral provincial, dado que sólo existían una resolución de la Junta Electoral Provincial y la Ley nacional 24.012 para garantizar la participación de las mujeres en las listas de candidatos (reserva el 30% de los puestos).

El texto sancionado, sin embargo, incluyó un avance inédito: aclara que, de acuerdo con la Ley Nacional de Identidad de Género, se entiende que el género es el autopercibido. No hay antecedentes en el país de una ley que lo contenga expresamente. De esta manera, por ejemplo, las transgénero que hayan adecuado sus DNI podrán ocupar el cupo femenino (ver “Quiere abrir puertas...”).

El secretario de Gobierno, Marcelo Caponio, que redactó la norma junto a su equipo de asesores, advirtió que se trata sólo de un primer paso hacia un proyecto más ambicioso. “La idea original era trabajar en una ley de género. Se debería garantizar que ningún género prevalezca por sobre otro. Debemos tender a superar la etapa de discriminación positiva. Trabajamos con la Ley de identidad como referencia”, consignó el funcionario. Lamentó no haber contado con el apoyo de algunos legisladores, que se opusieron a que la iniciativa fuera más amplia: “deberíamos apuntar a que no haya cupo para nadie. Esta visto que la Ley de Cupo no dio lugar a mujeres dirigentes, sino a que se pongan a esposas y hermanas ‘de’ en las nóminas”.

Advertencia

Desde la delegación provincial de Cladem (Comité de América Latina y del Caribe para los Derechos de la Mujer), aportaron otra visión sobre la norma. Consignaron que la Ley de Cupo es una acción destinada a lograr la representación femenina en los órganos legislativos y a romper la asimetría imperante en el ámbito de los derechos civiles y políticos, según Celia Debono, coordinadora local de la organización. Subrayó, sin embargo, que se retrocedió, porque cuando estaba vigente la Ley de lemas “fue el momento en que la Legislatura tenía más mujeres”, por el orden en el que eran postuladas las dirigentes. “La norma actual mandó a la mujer directamente al tercer lugar en la mayoría de los casos”, consideró.

Adriana Guerrero, militante de Cladem, explicó que la disposición, sumada hoy a la Ley de acoples, estaría dejando a las mujeres en una “terrible condición de desventaja para acceder a cargos legislativos”: “muy pocos acoples llegan efectivamente a lograr más de dos cargos. Entonces, si las mujeres llegan en el tercer lugar, la Cámara va a estar despoblada de mujeres”. Debono enfatizó en el esfuerzo de concientización que se debe realizar, sobre todo en las provincias del norte. “A nivel nacional está más avanzado, porque hay mayor representación femenina. Lo que pasa en Tucumán y en el norte, por ejemplo, es que las sociedades son más patriarcales y machistas, y está faltando el acceso de conocimiento a los derechos”, lamentó.

En 2007, con la sanción de la Ley Electoral Provincial (N° 7.876), quedó fuera del Digesto provincial la norma que garantizaba la presencia femenina en política (N° 1.279). La nueva ley, que subsanó la falta, establece que “las listas no podrán incluir más del 70% de personas de sexo masculino, debiendo ubicarse cada dos candidatos de sexo masculino, uno de sexo femenino, alternando desde el primero al último lugar”. Fue sancionada por unanimidad y no incluye, por ejemplo, a la fórmula para la gobernación.

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