Martínez perdería su jubilación de privilegio

Martínez perdería su jubilación de privilegio

El TOF dio a conocer los fundamentos del fallo contra el ex juez. Los jueces consideraron probado que el ex magistrado brindó impunidad a militares y policías tras una matanza.

CONDENADO. Martínez tiene la chance de apelar la sentencia del TOF. la gaceta / foto de analía jaramillo (ARCHIVO) CONDENADO. Martínez tiene la chance de apelar la sentencia del TOF. la gaceta / foto de analía jaramillo (ARCHIVO)
21 Junio 2015
El ex juez federal Manlio Torcuato Martínez cometió una serie de omisiones y acciones en la investigación de la matanza de la calle Azcuénaga (asesinatos de cinco militantes de Montoneros en mayo de 1976) para “proteger” a los policías y militares que cometieron los asesinatos y “garantizar su impunidad”. El ex magistrado privó luego ilegalmente de la libertad a Miguel Armando Romano, propietario de la casa donde se produjo el operativo,que padecía una enfermedad psiquiátrica. Le atribuyó de manera “antojadiza” y mediante un proceso “sin sustento” el delito de asociación ilícita agravada y lo dejó en manos de la Policía. Martínez integró una asociación ilícita -junto a policías, militares y civiles- y su “aporte” posibilitó que los autores, que desarrollaban el plan sistemático de represión en la provincia, actuaran “con el conocimiento y la tranquilidad de que los delitos no serían nunca investigados ni ellos, perseguidos judicialmente”.

Las afirmaciones del párrafo anterior se desprenden de los fundamentos del fallo histórico del Tribunal Oral Federal (TOF) que el viernes 12 condenó a Martínez a 16 años por delitos de lesa humanidad. Se trata del primer ex juez del país en ser penado por su rol durante el terrorismo de Estado.

Los argumentos de la decisión se conocieron el viernes y se supo con precisión una de las particularidades de la sentencia. Con el voto de los jueces José Asis y Mario Garzón, el Tribunal -que presidió Hugo Cataldi- hizo lugar al pedido de los fiscales Diego Velasco, Pablo Camuña y Agustín Chit de que el acusado dejara de percibir una jubilación “de privilegio” y cobrara una ordinaria.

En marzo, al inicio del juicio, Martínez (69 años), al ser consultado sobre sus ingresos, había consignado que la última vez que había cobrado había percibido unos $83.000, aunque no se aclaró cómo se componía ese ingreso. Cabe recordar que el imputado ocupó otros cargos públicos y que fue docente universitario. Martínez se desempeñó como juez entre 1974, cuando tenía 29 años, y 1984.

Los defensores de Martínez, Vanessa Lucero y Manuel Bonnin, habían adelantado durante los alegatos que si el Tribunal accedía a este requerimiendo, apelarían por el carácter alimentario.

Por otro lado, los jueces consideraron que no había pruebas suficientes para demostrar que Martínez haya sido partícipe de los cinco homicidios, tal como habían acusado algunas de las querellas.

Los magistrados afirmaron que Martínez se “prestó” al “armado de causas” a detenidos, sobre todo políticos para justificar sus encarcelamientos.

Martínez fue encontrado responsable -como autor- de los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de la obligación de promover la persecución y represión penal y encubrimiento de los asesinatos de Alejandra Niklison (estaba embarazada), Eduardo González Paz, Juan Carlos Meneses, Fernando Saavedra Lamas y Atilio Brandsen. Por otro lado, de la privación ilegal de la libertad, abuso de las funciones agravado, de abuso de autoridad y prevaricato en el caso de Romano. El Tribunal había dispuesto mantener “provisionalmente” la prisión domiciliaria que Martínez cumple desde julio (sufre problemas cardíacos) y establecer que cada tres meses sea sometido a exámenes para determinar si está en condiciones de ser alojado en una cárcel.

Tanto la Defensa-había requerido la absolución- como las querellas -habían pedido una pena mayor- recurrirían a Casación.

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