Un empresario azucarero irá a juicio oral

Un empresario azucarero irá a juicio oral

Lo decidió el juez federal de Tucumán N° 1, Raúl Bejas, por la contaminación producida por el ingenio azucarero Bella Vista.

ARGUMENTOS. Los valores de contaminación en cursos de agua a raíz de los residuos que emanan del ingenio Bella Vista son elevados, según la denuncia. FOTO TOMADA DE D24AR.COM ARGUMENTOS. Los valores de contaminación en cursos de agua a raíz de los residuos que emanan del ingenio Bella Vista son elevados, según la denuncia. FOTO TOMADA DE D24AR.COM
28 Abril 2015
El juez federal de Tucumán N° 1, Raúl Bejas, elevó a juicio la causa contra el empresario José Minetti por la contaminación producida por el ingenio azucarero Bella Vista, ubicado en el departamento Leales. 

El magistrado tomó la decisión por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF), en función de que todos los informes que figuran en la causa dan cuenta de los elevados valores de contaminación en cursos de agua a raíz de los residuos que emanan de la planta. La investigación se inició en 2006 con el objetivo de verificar si la firma se encuentra en infracción de la ley de residuos peligrosos, destaca Fiscales.gob.ar.

El fiscal general de Tucumán y representante del MPF, Gustavo Gómez, había solicitado una serie de medidas en el marco de las actuaciones preliminares antes de iniciar la investigación. Ordenó verificar las instalaciones y comprobar si se quemaban los restos de caña de azúcar y si se vertían líquidos y desechos. También, requirió la elaboración de un informe para determinar si en la zona se presentan casos de enfermedades vinculadas a la polución de la planta.

En los estudios realizados sobre muestras de líquidos y sólidos descartados en distintos cursos de agua, se detectaron valores de demanda bioquímica y química de oxígeno (dos parámetros que indican la cantidad de sustancias contaminantes en cursos de agua) que excedían los límites permitidos por la ley 24051 que regula en resguardo de la salud.

Bejas ordenó ahora la elevación a juicio de la causa por el delito previsto en el artículo 55 de la ley de residuos que establece penas de entre tres y diez años a quien envenene, adultere o contamine "de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general".

Comentarios