Por el caso Cofin, solicitan a la jueza que rechace la inhibición de bienes de Rigourd

Por el caso Cofin, solicitan a la jueza que rechace la inhibición de bienes de Rigourd

La defensa del financista también pide que no se intervenga judicialmente a las empresas.

25 Noviembre 2014
El abogado Arnaldo Ahumada solicitó ayer a la jueza de Instrucción de la V Nominación, Mirta del Valle Lenis de Vera, el rechazo in limine de la pretensión de inhibición de bienes e intervención judicial de empresas de su defendido, el CEO de Cofin, Jorge Alejandro Rigourd. La presentación se efectuó tras conocerse que el fiscal de Instrucción que entiende en la causa, Guillermo Herrera, había anticipado esas acciones. “Esta resolución es urgente porque si se puede trabar un embargo sobre esos bienes se podrá responder a la deuda que se tiene con los ahorristas”, había dicho el fiscal de Instrucción.

Ahumada expuso que realizó la presentación “ante la publicidad otorgada por el propio fiscal a su requerimiento -siendo que el propio fiscal había declarado el secreto del sumario- y resultando evidente que esa publicidad podría afectar aún más el patrimonio de nuestro defendido y de sus empresas”. Rigourd está acusado de estafas reiteradas. Herrera considera que el empresario engañó a los ahorristas que depositaron su dinero en Cofin SA y que nunca recibieron ni la plata ni los intereses pactados.

En el escrito, la defensa de Rigourd plantea que el “fiscal viene realizando una serie de actos y provocando varios hechos que a nuestro criterio, ante el requerimiento de inhibición de bienes e intervención judicial, merecen su puntual consideración para contextualizar su ilegitimidad, ilegalidad y arbitrariedad”.

Según el abogado de Rigourd, “el fiscal no ha realizado ninguna medida para verificar la verosimilitud del derecho crediticio reclamado por los denunciantes-querellantes”. Además, plantea que no se presenta “el peligro en la demora que requiere cualquier medida cautelar, mucho más aún cuando es evidente que la crisis actual de las empresas (del financista) ha sido provocada por la inopinada intervención del fiscal Herrera”.

Según el letrado defensor, hasta el día de los allanamientos, Cofin SA y/o Jorge Alejandro Rigourd no registraban ejecuciones o juicios civiles y la única causa penal era la promovida por los dos denunciantes originales de este proceso. Sobre la inhibición general de bienes, dice que procede cuando no ha podido efectivizarse un embargo cuando el deudor carece de bienes. “No hay prueba alguna sobre el monto de las acreencias y mucho menos sobre que los bienes no son suficientes para cubrirse con un embargo”, indica.

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