La Justicia rechaza las retenciones sin respaldo

La Justicia rechaza las retenciones sin respaldo

Declara la inconstitucionalidad en una causa

16 Abril 2014
BUENOS AIRES.– La Corte Suprema decretó la inconstitucionalidad de las retenciones a las exportaciones que no sean decididas por ley del Congreso. La resolución fue confirmada ayer ante un reclamo de la empresa pesquera Camaronera Patagónica S.A. y en su esencia estableció que las retenciones son “tributos”, y que “sólo el Congreso” tiene facultades para fijar esos tributos.

Según trascendió en Tribunales, el fallo tiene un impacto acotado en la actualidad, pero es la decisión que el máximo tribunal hubiera adoptado en caso de haber tenido que pronunciarse sobre la resolución 125 que establecía retenciones móviles a las exportaciones de soja en 2008, si esta norma se hubiera aplicado sin una ley. En este caso, los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni establecieron que la invalidez de las retenciones a la pesquera se limita a un lapso comprendido entre marzo y agosto de 2002, porque luego el Congreso sancionó una ley específica convalidando el tributo.

La decisión del máximo tribunal estableció que “ninguna carga tributaria puede exigirse a las personas si no ha sido creada por el Poder Legislativo, único poder del Estado investido de tal atribución”. La Corte expresó que el Ejecutivo tiene “la facultad de recaudar los recursos para emplearlos en los gastos designados”, pero no puede ser el creador de los tributos.

El fallo aludió a retenciones que se habían resuelto en el marco de la crisis de fines de 2001 y principios de 2002, cuando el Congreso delegó facultades, de manera general, en el Ejecutivo en materia tributaria. Esa delegación posibilitó las retenciones a la pesquera y, en 2008, a las exportaciones de soja, que luego cayeron por el voto “no positivo” del entonces vicepresidente, Julio Cobos.

El fallo reconoció que “en materia de comercio internacional es necesario que el Ejecutivo cuente con herramientas que le permitan en forma ágil implementar políticas económicas para proteger la producción local, los precios del mercado interno o la competitividad”. Pero estableció que “deben provenir de una ley sancionada por el Congreso, que establezca de manera cierta e indudable pautas claras para su ejercicio”. (DyN)

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