Gils Carbó se pronunció por la constitucionalidad de la Ley de Medios

Gils Carbó se pronunció por la constitucionalidad de la Ley de Medios

La procuradora general de la Nación le recomienda a la Corte Suprema de Justicia que revoque el fallo de la Cámara Civil y Comercial Federal.

PASOS PROCESALES. Tras la recomendación de Gils Carbó, ahora la Corte debe expedirse sobre la Ley de Medios. LA GACETA PASOS PROCESALES. Tras la recomendación de Gils Carbó, ahora la Corte debe expedirse sobre la Ley de Medios. LA GACETA
12 Julio 2013
BUENOS AIRES.- La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se pronunció hoy a favor de la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual cuestionados por el Grupo Clarín y recomendó a la Corte Suprema que revoque el fallo de la Cámara Civil y Comercial Federal que benefició al multimedios.

El dictamen afirma que la sentencia dictada por la Cámara, que declaró inconstitucionales partes de los artículos 45 y 48 –destinados a regular el régimen de multiplicidad de licencias-, resulta arbitraria y “es el resultado de un apartamiento de los fines previstos por el legislador, que fueron sustituidos por el tribunal arrogándose facultades ajenas”.

“Los jueces han incumplido su misión de dar pleno efecto a las normas vigentes sin sustituir al legislador, al juzgar sobre el mero acierto o conveniencia de las disposiciones que adoptó en el ejercicio de sus facultades propias”, argumentó la procuradora. Además, sostuvo que la Cámara, en su sentencia, “asigna a la libertad de expresión un contenido decimonónico que se limita a prohibir la intervención del Estado en la esfera privada del individuo y relega la contracara de ese derecho que demanda una protección activa del Estado”.

“La decisión apelada está fundada en apreciaciones que revelan un notable sesgo en la conceptualización de la libertad de expresión y del derecho de propiedad, que ignora los paradigmas de la realidad económica actual y prescinde absolutamente de la dimensión social y pública de los intereses en juego que inspiraron la sanción de la nueva ley. Además, la sentencia se aparta de las circunstancias particulares del caso al omitir toda valoración a la situación de los demandantes, cuya concentración empresarial pone en peligro la vigencia efectiva de derechos fundamentales”, precisó Gils Carbó.

Finalmente, Gils Carbó consideró que la sentencia de la Cámara “denota una visión parcializada del conflicto que se revela en el notable énfasis que pone en preservar los intereses patrimoniales de los demandantes, sin que se advierta igual tesón en respetar los derechos de la ciudadanía a contar con una mayor pluralidad informativa, de ideas y de contenidos”.

Por todas estas razones, Gils Carbó recomendó a la Corte suprema dejar sin efecto el fallo de la Cámara Civil y Comercial Federal y declarar constitucionales los artículos cuestionados, así como a totalidad de la ley. Ahora la decisión queda en manos de la Corte Suprema, para quien lo presentado por la Procuradora es solo una recomendación. (TÉLAM-Tn.com)

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