"El impuesto a las Ganancias contradice las leyes"

Juan Pablo Ruiz, abogado y miembro del instituto de investigación Isepci, dijo que el régimen está "mal instrumentado" sobre el salario

UNIVERSO DE CONTRIBUYENTES. Dos millones de trabajadores argentinos deben aportar al fisco a raíz de la no actualización del mínimo no imponible.
UNIVERSO DE CONTRIBUYENTES. Dos millones de trabajadores argentinos deben aportar al fisco a raíz de la no actualización del mínimo no imponible.
30 Septiembre 2012
Un jubilado que cobra un salario actualizado a través del 82% es alcanzado por el impuesto a las Ganancias. Puede deducir sólo el gasto por medicamentos, más si es viudo y sin hijos a cargo. Esa misma persona, en actividad, tal vez no lo pagaba. ¿Cómo puede ser esto posible? Con un Estado en crisis, en 2002 se pasa de un 3,7% a un 8,7% del total de aportantes de Ganancias. Fue el efecto de la famosa tablita de Machinea. En 2007, el universo de contribuyentes de la fuerza laboral pega un salto exponencial a un 19,7%. Son dos millones de trabajadores los que deben aportar por este gravamen a partir de ese momento. Sobre estos fenómenos, justamente, basó su estudio Juan Pablo Ruiz, un abogado laboralista que le dedicó un libro a la problemática que generó el impuesto a las Ganancias.

El letrado, egresado de la Universidad Nacional de Córdoba, presentó el jueves en el Colegio de Abogados de Tucumán su libro "El Salario no es ganancia", un ensayo en el que planteó una visión jurídica sobre la política tributaria que se aplica al trabajo.

"Ganancias se ha convertido en un impuesto discrecional. Aún más cuando el Congreso delegó al Poder Ejecutivo la facultad de fijar los montos no imponibles. Pero la presidenta Cristina Fernández no los actualiza ahora", expresó el especialista, quien es también integrante del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (Isepci).

"Así, está mal instrumentado y contradice las leyes, la Doctrina Social de la Iglesia y hasta la Constitución Nacional misma, que en su artículo 14 bís señala claramente las facetas del salario: habla del mínimo vital y móvil bajo la ecuación igual remuneración para igual trabajo, y de una remuneración justa. Todas las pautas están violadas por imperio del cobro de Ganancias", afirmó a LA GACETA.

El letrado hizo hincapié, tanto en el libro como en diferentes exposiciones, que el salario de los trabajadores no coincide con el "hecho jurídico del impuesto". A partir de ese fundamento atribuyó la inconstitucionalidad de la deducción sobre los haberes. Ruiz marcó la diferencia entre salario y Ganancias, o la relación entre capital y trabajo en relación de dependencia, basándose en las diferentes doctrinas, desde marxista hasta la de la iglesia.

El abogado remarcó también que la medida Cautelar como acción legal debe permitirse al argumentar que el Estado viola obligaciones que la ley de impuesto a las Ganancias establece, como actualizar anualmente los elementos del tributo. Según Ruiz, el Estado omite esa obligación y grava a quien no debe gravar.

En su libro tomó como caso testigo el fallo de la Corte Suprema de Justicia nacional, en el que se hizo referencia al artículo 14 bís de la CN, entre otros apartados.

En ese fragmento, aseveró que el Estado ha dejado de lado la tutela constitucional, el carácter alimentario y la protección del salario debido a que el fisco discurrió que el "salario es únicamente una manifestación de capacidad contributiva con la justificación teórica del derecho tributario".

Además, ha cuestionado que el Estado utilizó el Indice de Precios al por mayor al aplicar una actualización de la tablita. Calificó este hecho, en su capítulo II, de "discriminación negativa que le provocó un perjuicio a los trabajadores, ya que estos son los consumidores finales, y atentó contra el carácter alimentario del salario. "Las empresas pueden descontar del régimen de Ganancias el 'ajuste por inflación', pero la clase obrera no", dijo.

Un dato: Ganancias implica para el Gobierno nacional más de un 18% del ingreso del sistema tributario; un 4% de ese porcentaje corresponde a empleados de la cuarta categoría.

Mario Poggio, director del Observatorio Jurídico de la CTA Tucumán, Myriam Wiernia, secretaria de Derechos Humanos del gremio de los Autoconvocados de la Salud, y Facundo Arias, del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), acompañaron a Ruiz en la presentación del libro en la provincia.

En agosto trascendió que el Gobierno habría analizado aumentar el mínimo no imponible, con el objetivo de inyectar dinero al consumo en lo que resta el año.

La variación, según había consignado la agencia NA, habría estado en torno a un 25 %, "en línea con las mejoras salariales promedio que lograron los gremios más importantes a lo largo del primer semestre".

En caso de confirmarse en los próximos meses esa medida, el piso no imponible de Ganancias para un empleado soltero pasaría de $ 5.782 neto a $ 7.227,5 y para el caso de los casados con dos hijos, se incrementaría de $ 7.998 a $ 9.997. En la actualidad, un trabajador con un ingreso mensual de $ 10.000 paga $ 4.828,36 anuales.

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