21 Junio 2012 Seguir en 
No hay prevalencias en la terna que confecciona el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) según Carolina Vargas Aignasse, legisladora oficialista y vicepresidenta del órgano de selección de jueces. "Todos los que integran los tercetos elevados por el CAM al Poder Ejecutivo (PE) han superado un procedimiento de selección que evalúa su idoneidad y capacidad para ocupar los cargos para los que son propuestos. El orden de mérito no tiene ya un criterio valorativo sino simplemente ordenatorio y no indica que algunos sean más aptos que otros", expresó.
Por escrito, Vargas Aignasse opinó que el PE puede, de conformidad con su discrecionalidad política, optar entre las tres opciones que resultan formalmente válidas. "En el concurso para cubrir el cargo de fiscal de Instrucción en lo Penal de la IV Nominación, por ejemplo, tanto Diego López Ávila (segundo de la terna y candidato elegido por el gobernador José Alperovich) como Carlos López (líder del terceto y candidato seis veces vetado por el Gobierno) obtuvieron 50 puntos de los 55 posibles en la prueba de oposición. Es decir, ambos demostraron la misma capacidad (en esa etapa)", apuntó la legisladora alperovichista. "Esto me lleva a aseverar que la elección realizada por el Poder Ejecutivo con el envío del pliego de López Ávila es absolutamente legítima y se encuadra dentro de uno de los rasgos característicos del fenómeno discrecional, que es la 'libertad de elección'", concluyó.
El trámite de la designación de López Ávila como fiscal de la IV Nominación fue paralizado este 2 de junio por la medida cautelar que dictó Rodolfo Novillo, presidente de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Cuatro días después, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán se declaró competente para resolver el amparo que presentó López, que alega que el PE lo veta sistemáticamente porque fue secretario de la extinta Fiscalía Anticorrupción que investigó a Alperovich y a su entorno.
Por escrito, Vargas Aignasse opinó que el PE puede, de conformidad con su discrecionalidad política, optar entre las tres opciones que resultan formalmente válidas. "En el concurso para cubrir el cargo de fiscal de Instrucción en lo Penal de la IV Nominación, por ejemplo, tanto Diego López Ávila (segundo de la terna y candidato elegido por el gobernador José Alperovich) como Carlos López (líder del terceto y candidato seis veces vetado por el Gobierno) obtuvieron 50 puntos de los 55 posibles en la prueba de oposición. Es decir, ambos demostraron la misma capacidad (en esa etapa)", apuntó la legisladora alperovichista. "Esto me lleva a aseverar que la elección realizada por el Poder Ejecutivo con el envío del pliego de López Ávila es absolutamente legítima y se encuadra dentro de uno de los rasgos característicos del fenómeno discrecional, que es la 'libertad de elección'", concluyó.
El trámite de la designación de López Ávila como fiscal de la IV Nominación fue paralizado este 2 de junio por la medida cautelar que dictó Rodolfo Novillo, presidente de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Cuatro días después, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán se declaró competente para resolver el amparo que presentó López, que alega que el PE lo veta sistemáticamente porque fue secretario de la extinta Fiscalía Anticorrupción que investigó a Alperovich y a su entorno.
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