Cómo funciona el sistema de compra de dólares para viajar al exterior

Cómo funciona el sistema de compra de dólares para viajar al exterior

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la resolución que establece controles para quienes salgan del país.

EL QUE QUIERE VERDE, QUE LE CUESTE. El control de cambios se endurece. LA GACETA/FOTO DE JUAN PABLO SANCHEZ NOLI EL QUE QUIERE VERDE, QUE LE CUESTE. El control de cambios se endurece. LA GACETA/FOTO DE JUAN PABLO SANCHEZ NOLI
28 Mayo 2012
BUENOS AIRES.- Los argentinos que quieran comprar moneda extranjera para viajar al exterior deberán cumplir a partir de mañana con un sistema de información implementado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que evaluará el monto que pueda eventualmente adquirir.

El nuevo sistema fue oficializado hoy en el Boletín Oficial mediante la Resolución 3333 del titular de la entidad, Ricardo Etchegaray. Quienes quieran adquirir dólares, euros u otra moneda extranjera para viajar deberán informar us datos personales y fiscales. Además, hay que precisar la actividad laboral; el país de destino, los motivos del viaje, la fecha de salida y de regreso, así como los datos sobre la agencia de turismo donde se compró el paquete.

El trámite debe hacerse a través de la página de internet del organismo recaudador que, mediante el sistema informático, evaluará en tiempo real la situación fiscal y económico-financiera y responderá si puede o no adquirir moneda extranjera y en qué cantidad.

El nuevo esquema se pone en práctica en medio de la profundización de las trabas para la adquisición de dólares en el mercado cambiario, lo que disparó la cotización del dólar paralelo hasta un 30 % más que el valor del oficial.

En la Resolución 3333, la AFIP dispuso que "los sujetos residentes en el país que demanden la adquisición de moneda extranjera para atender gastos en concepto de viajes al exterior por razones de salud, estudios, congresos, conferencias, gestiones comerciales, deportes, actividades culturales, actividades científicas y/o turismo, deberán cumplir previamente con el régimen de información. A tales fines, serán considerados sujetos residentes en el país aquellos que revistan tal condición conforme a las normas del impuesto a las ganancias".

Se especifica que "el suministro de la información deberá realizarse a través del servicio denominado "Consulta operación cambiarias" opción "Viajes al exterior" de la web institucional de la AFIP, para lo que la persona deberá contar con una clave fiscal.

Allí deberá suministrar datos personales, laborales y fiscales, motivos del viaje, tiempo de estadía, medio de transporte, CUIT de la agencia de viajes o similar, costo del viaje, cantidad de cuotas y forma de pago y cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas.

La AFIP "efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, sobre los datos ingresados y emitirá la respuesta correspondiente respecto del monto en pesos validado para la adquisición de moneda extranjera con el destino solicitado", se indica en la resolución.  También se podrá requerir el aporte de documentación o datos adicionales que el organismo recaudador estime pertinentes, necesarios para el análisis de la solicitud presentada, se precisa. (DYN)

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