Respuesta rápida de la justicia en Santiago del Estero

Respuesta rápida de la justicia en Santiago del Estero

Carlos Díaz Lannes | Director Centro de Estudios en Democracia, Justicia y Seguridad.

12 Marzo 2012
La noticia titulada "Por pegarle a la suegra, ahora será su jardinero" publicada el sábado por LA GACETA, da cuenta -un poco jocosamente- de la decisión adoptada por una jueza de la ciudad de Frías, provincia de Santiago del Estero, ante el caso de una persona que había golpeado ferozmente a la madre de su concubina. La opinión de una experta en violencia de género agrega una mirada acertada, pero sesgada y parcial. Creo que se debe resaltar el hecho más positivo que rodea a esta noticia: los santiagueños han puesto en marcha un nuevo modelo de proceso penal en el que la infracción o el delito dejan de ser vistos como una desobediencia a la ley o al Estado, y las partes recuperan el protagonismo -perdido hace ya mucho tiempo- para solucionar sus conflictos de modo que ambas queden satisfechas.

Con la sanción de la ley 6.941, vigente desde el 12 de diciembre pasado para los departamentos Choya y Guasayán, se ha decidido que en Santiago desaparezca el expediente escrito y que todas las decisiones en el proceso penal sean adoptadas en audiencias orales y públicas. En este modelo, denominado "adversarial", las partes (fiscal y defensor) litigan ante el juez en un pie de igualdad y le proporcionan información para que éste pueda tomar una decisión acertada. Otro punto a resaltar entre los cambios es la existencia de "salidas alternativas" a la aplicación de la pena, sobre todo en casos de personas sin antecedentes y en los que la víctima decide perdonar o se conforma con un resarcimiento, trayendo paz y entendimiento entre ambos. La finalidad principal de este sistema es dar respuestas a la gente que acude a la Justicia, de una manera rápida y efectiva: entre el hecho ocurrido el 2 de enero y la sentencia pasaron apenas sesenta y siete días. Si el ofensor cumple con las labores en el jardín de su suegra y observa buena conducta durante el plazo de seis meses que fija el fallo, no será sancionado. La decisión de suspender el juicio a prueba adoptada al comienzo del proceso permite descomprimir rápidamente el trabajo de los fiscales de manera que éstos puedan enfocarse con más tiempo en tareas de control de la criminalidad organizada o habitual, algo que en Tucumán toma varios años, cuando se eleva la causa a juicio.

Con la sanción del nuevo Código Procesal Penal y con la adopción de las medidas necesarias para una adecuada gestión, Santiago del Estero nos dice que su gobierno judicial y sus legisladores no están dormidos, y que no son lerdos ni perezosos.



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