Los calabozos se llenan de contraventores
La Policía detuvo este año a 2.480 personas por violar el código contravencional, aunque un fallo de la Corte cuestiona esta norma. "Para nosotros es muy importante, porque cubre un vacío que no está contemplado en el Código Penal", dijo el jefe de la fuerza. Proyectos en la Legislatura.
01 Julio 2011 Seguir en 
Dice Eva V. que la noche del miércoles se fue a dormir sin saber dónde estaba su hijo. Ayer, después de ir y venir por su barrio, unas vecinas le contaron que dos agentes lo habían llevado detenido. ¿Por qué? "En la Policía me explicaron que era todo por una contravención, por hacer desorden en la calle. Pero no fue así. A él se lo llevaron porque es adicto, y fumaba 'paco' en un baldío. Teniéndolo cinco días preso no nos están ayudando", dijo.
La detención del hijo de Eva fue una más de las 2.480 realizadas por la Policía en lo que va del año, basándose en la Ley de Contravenciones. En octubre, la Corte Suprema de la Nación señaló que esta normativa "no está en condiciones de establecer el estándar constitucional mínimo". Sin embargo, la norma aún no se modificó, y la fuerza de seguridad la sigue aplicando. "Más allá de las críticas que pueda recibir esta legislación, para nosotros es muy importante, porque cubre un vacío que no está contemplado en el Código Penal", señaló el comisario general Jorge Racedo, jefe de Policía.
La Ley de Contravenciones Policiales (N° 5.140) fue creada en 1980, y contempla una serie de episodios que no se configuran como delitos pero que les dan facultades a los agentes para arrestar a la persona.
Según la ley, el titular de la fuerza tiene un plazo de 48 horas para decidir si el supuesto infractor es eximido, o se le da a elegir entre cumplir días de arresto en un calabozo o pagar una multa. Sin embargo, el máximo tribunal ya advirtió con un fallo que este sistema es inconstitucional.
El caso Núñez
En enero de 2004, a José Núñez lo arrestaron en "La Bombilla", pues discutió acaloradamente con un rival luego de un partido de fútbol. Había violado el artículo 15, inciso 4º de la Ley de Contravenciones, que penaliza a quienes alteran el orden público.
Núñez, según se expresa en el fallo de la Corte, se vio obligado a declarar sin abogado defensor; 48 horas después, la autoridad policial firmó la pena de seis días de arresto o su equivalente en multa. Pero el joven no tenía dinero. Quedó preso.
Un equipo de la ONG Andhes intervino en el caso, y se apeló el dictamen del funcionario policial. Así, la causa llegó a manos del entonces juez de Instrucción, Alfonso Zottoli. El magistrado les dio la razón a los abogados, pero la Fiscalía de Estado protestó ante la Corte de la Provincia y recibió el visto bueno. Sin embargo, Andhes volvió a apelar y el fallo de la Corte de la Nación fue contundente: "una detención preventiva de 48 horas, producida en el marco de un procedimiento contravencional tramitado ante la autoridad policial y sin intervención judicial ni notificación necesaria a terceros, no puede ser legitimada sin más ni más". El fallo fue firmado el 5 de octubre, pero nada cambió. El legislador Daniel Heredia, a cargo de la comisión de Seguridad de la Legislatura, indicó que se está trabajando en un proyecto para modificar esta ley. "No estamos manejando fechas, pero se trata de una reforma integral, que llevaría a un Código de Convivencia Urbana. Se modificarán muchos artículos y se agregarán otros. Además, está previsto que sea el juez Contravencional quien intervenga en los casos", indicó Heredia. Con respecto a la demora en el tratamiento de la nueva ley, explicó que hay muchas posturas disímiles. "Existe la opinión de que se debe derogar; pero la idea es modificarla. Se trata de una herramienta importante para la Policía para poder intervenir", remarcó el legislador.
Racedo expresó que, desde que asumió en su cargo, no hizo propuestas ni analizó realizar alguna presentación. "Nosotros la aplicamos en los casos donde es necesario. Por ejemplo, cuando hay quejas de vecinos por desórdenes o motivos similares", indicó.
Desde Andhes, Inadi, Abrojos y otras 27 organizaciones que firman un comunicado tienen una opinión opuesta. "La forma de vestirse (ropa deportiva, por ejemplo), el color de su piel (ser morocho), el dejarse la barba, influyen en la construcción del imaginario del sujeto contraventor", aseguran. Algo parecido a lo que reclama Eva.
La detención del hijo de Eva fue una más de las 2.480 realizadas por la Policía en lo que va del año, basándose en la Ley de Contravenciones. En octubre, la Corte Suprema de la Nación señaló que esta normativa "no está en condiciones de establecer el estándar constitucional mínimo". Sin embargo, la norma aún no se modificó, y la fuerza de seguridad la sigue aplicando. "Más allá de las críticas que pueda recibir esta legislación, para nosotros es muy importante, porque cubre un vacío que no está contemplado en el Código Penal", señaló el comisario general Jorge Racedo, jefe de Policía.
La Ley de Contravenciones Policiales (N° 5.140) fue creada en 1980, y contempla una serie de episodios que no se configuran como delitos pero que les dan facultades a los agentes para arrestar a la persona.
Según la ley, el titular de la fuerza tiene un plazo de 48 horas para decidir si el supuesto infractor es eximido, o se le da a elegir entre cumplir días de arresto en un calabozo o pagar una multa. Sin embargo, el máximo tribunal ya advirtió con un fallo que este sistema es inconstitucional.
El caso Núñez
En enero de 2004, a José Núñez lo arrestaron en "La Bombilla", pues discutió acaloradamente con un rival luego de un partido de fútbol. Había violado el artículo 15, inciso 4º de la Ley de Contravenciones, que penaliza a quienes alteran el orden público.
Núñez, según se expresa en el fallo de la Corte, se vio obligado a declarar sin abogado defensor; 48 horas después, la autoridad policial firmó la pena de seis días de arresto o su equivalente en multa. Pero el joven no tenía dinero. Quedó preso.
Un equipo de la ONG Andhes intervino en el caso, y se apeló el dictamen del funcionario policial. Así, la causa llegó a manos del entonces juez de Instrucción, Alfonso Zottoli. El magistrado les dio la razón a los abogados, pero la Fiscalía de Estado protestó ante la Corte de la Provincia y recibió el visto bueno. Sin embargo, Andhes volvió a apelar y el fallo de la Corte de la Nación fue contundente: "una detención preventiva de 48 horas, producida en el marco de un procedimiento contravencional tramitado ante la autoridad policial y sin intervención judicial ni notificación necesaria a terceros, no puede ser legitimada sin más ni más". El fallo fue firmado el 5 de octubre, pero nada cambió. El legislador Daniel Heredia, a cargo de la comisión de Seguridad de la Legislatura, indicó que se está trabajando en un proyecto para modificar esta ley. "No estamos manejando fechas, pero se trata de una reforma integral, que llevaría a un Código de Convivencia Urbana. Se modificarán muchos artículos y se agregarán otros. Además, está previsto que sea el juez Contravencional quien intervenga en los casos", indicó Heredia. Con respecto a la demora en el tratamiento de la nueva ley, explicó que hay muchas posturas disímiles. "Existe la opinión de que se debe derogar; pero la idea es modificarla. Se trata de una herramienta importante para la Policía para poder intervenir", remarcó el legislador.
Racedo expresó que, desde que asumió en su cargo, no hizo propuestas ni analizó realizar alguna presentación. "Nosotros la aplicamos en los casos donde es necesario. Por ejemplo, cuando hay quejas de vecinos por desórdenes o motivos similares", indicó.
Desde Andhes, Inadi, Abrojos y otras 27 organizaciones que firman un comunicado tienen una opinión opuesta. "La forma de vestirse (ropa deportiva, por ejemplo), el color de su piel (ser morocho), el dejarse la barba, influyen en la construcción del imaginario del sujeto contraventor", aseguran. Algo parecido a lo que reclama Eva.







