Avanza la reforma del Reglamento Interno del CAM

Avanza la reforma del Reglamento Interno del CAM

Los consejeros mantendrán hoy una reunión.

ACUERDO. Los miembros del CAM siguen evaluando posibles cambios. ACUERDO. Los miembros del CAM siguen evaluando posibles cambios.
14 Septiembre 2010
La Legislatura reformará el jueves la Ley 8.197, que organiza el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM). Mientras tanto, los consejeros aprovecharán para seguir con el estudio de las modificaciones que proyectan introducir en el Reglamento Interno del cuerpo.

Si bien esta semana no habrá sesiones, los consejeros se reunirán hoy, a las 11, en la Junta Electoral para analizar aquellos aspectos del Reglamento que cambiarán. Esto forma parte del acuerdo que sellaron el gobernador, José Alperovich; el titular del CAM, Antonio Gandur, y el presidente subrogante de la Legislatura, Regino Amado, para allanar la reforma de la Ley 8.197, de manera que, tras la finalización de un concurso convocado para la cobertura de vacantes en la Justicia, el CAM eleve tres postulantes al Poder Ejecutivo y no cinco, como se exige ahora.

En el tapete
La redacción del Reglamento tendrá que adecuarse a que, entre los cambios previstos para la Ley 8.197, figura que se bajen de 60 a 54 los puntos que en un concurso los aspirantes deberán reunir (entre la prueba escrita y la calificación que reciban por sus "Antecedentes") para acceder a la entrevista final. Sin embargo, para poder alcanzar los 54 puntos, los concursantes tendrán que sumar 27 puntos -como mínimo- en el examen. En un primer momento se había acordado que iban a ser necesarios 30 puntos; sin embargo, luego, ese tope fue bajado.

En la última sesión, los consejeros aprobaron la forma en que el Reglamento distribuirá los 55 puntos que un postulante puede obtener -como máximo- por sus "Antecedentes". Actualmente, se asignan hasta nueve puntos en concepto de perfeccionamiento (títulos de posgrado) y, en forma paralela, hasta nueve puntos por actividad académica (docencia, investigación y publicación). Además, se otorgan hasta 16 puntos por experiencia profesional (carrera judicial o ejercicio de la abogacía). El punto restante es por otros antecedentes (premios y distinciones).

Por unanimidad, los consejeros dispusieron que, por perfeccionamiento y por actividad académica se podrán conseguir hasta 12 puntos en cada caso, y por experiencia profesional, hasta 20 puntos. Mientras, se podrán obtener tres puntos más por otros antecedentes. Ahora, los miembros del CAM definirán los puntos que, en cada caso, serán otorgados a los sub-rubros que integran cada ítem. El objetivo que anima a esta reforma es que, con el techo máximo de 35 puntos, los concursantes sumen por medio del rubro que más les convenga según su trayectoria.

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