La norma que protege los bosques nativos

La norma que protege los bosques nativos

16 Julio 2010
La Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, sancionada en el Congreso de la Nación en noviembre de 2007 y promulgada un mes después, otorgaba a las provincias el plazo de un año para la adopción de sus respectivos Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos.

En su artículo segundo la norma señala: "considéranse bosques nativos a los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea -suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos-, conformando una trama interdependiente con características propias y múltiples funciones, que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica". Se estima que hacia comienzos del siglo XX había en el país 100 millones de hectáreas de bosques nativos; en 2008 se contabilizaban 31 millones de hectáreas.

Con un atraso de 18 meses, desde mediados de junio, Tucumán cuenta con una nueva herramienta legislativa. Se trata de la Ley 8.304, de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Tucumán (Otbnt), que regulariza la situación de la provincia como lo pidió la Ley Nacional 26.331. La iniciativa tucumana prescribe que 526.638 hectáreas tendrán el máximo nivel de protección correspondiente a los bosques nativos perpetuos; 219.413 ha tendrán protección media y 164.461 ha, protección baja. Se creó una categoría propia, que comprende 1,3 millón de ha caracterizadas como sectores adyacentes (pastizales y altas cumbres) a los bosques, que actúan o deben actuar como áreas de amortiguación.

La Ley nacional establece que el Estado no podrá otorgar permisos para desmontar los bosques nativos comprendidos en las dos primeras áreas, mientras que la normativa local autoriza al Poder Ejecutivo a ejecutar obras públicas de infraestructura que requieran desmontes en las dos zonas principales cuando medien motivos de interés general que no puedan satisfacerse razonablemente de otra manera y previa evaluación del impacto ambiental del proyecto. Lo novedoso de la iniciativa que fue votada por unanimidad, es que el Estado le pagará al ciudadano que recupere, cuide, conserve y enriquezca el bosque autóctono.

Si bien los ambientalistas están de acuerdo con la norma, se quejan que no se hayan tenido en cuenta sus objeciones. Expresaron su preocupación respecto del tratamiento que el Consejo Provincial de Economía y Ambiente -que no integra ningún representante de la comunidad- puede dar a los estudios de impacto ambiental requeridos por la ley 8.304 para aprobar los proyectos de desmonte y de uso de la tierra que pudiesen causar daños ambientales significativos sobre los bosques nativos. Una bióloga aseveró que el Otbnt no propone ninguna alternativa para la conservación del bosque chaqueño de las zonas planas. "En tal sentido, la ley 8.304 queda en deuda respecto de la identificación de un espacio de bosque chaqueño como reserva que asegure la persistencia de sus valores sobresalientes de biodiversidad", dijo.

Para que entre en vigencia, la normativa debe ser reglamentada. Se estima que ello podría ocurrir en agosto. Sería positivo que las excepciones fuesen mínimas porque estas suelen convertirse en las puertas para violar la ley, como sucede, por ejemplo, con el Código de Planeamiento Urbano. El éxito de la nueva legislación dependerá de su aplicación -de las sanciones que deberían ser severas-, de los fondos que debe obligadamente enviar el Poder Ejecutivo Nacional, así como de la concientización de la ciudadanía.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios