18 Marzo 2010 Seguir en 
BUENOS AIRES.- El kirchnerismo logró ayer una victoria judicial. Enrique Lavié Pico, juez en lo Contencioso Administrativo Federal, tomó una decisión que generó una verdadera convulsión. El magistrado ordenó la suspensión del decreto por medio del cual el vicepresidente, Julio Cobos, había dispuesto la reformulación de la Comisión Bicameral Permanente (CBP), excluyendo de esta a la senadora tucumana Beatriz Rokjés de Alperovich. Por ende, la legisladora fue reincorporada provisoriamente -hasta que se resuelve el fondo de la causa- a la CBP, encargada de formular un dictamen sobre los decretos de necesidad y urgencia (DNU).
Lavié Pico rechazó la medida cautelar que habían solicitado los senadores oficialistas Miguel Angel Pichetto, Nicolás Fernández y Marcelo Guinle con el fin de que fueran suspendidos los efectos del decreto DPP-15/10, que dio mayor preponderancia a la oposición en la CBP. No obstante, hizo lugar a idéntica pretensión formulada por Rojkés de Alperovich.
El juez consideró que, si en relación con Pichetto, Fernández y Guinle no advertía la afectación de ningún derecho, no podía decirse lo mismo respecto de la senadora.
Lavié Pico recordó que, luego de haberse producido la renovación del Senado el 10 de diciembre del año pasado, el 23 de ese mes se procedió a elegir los integrantes de la CBP (entre ellos, a Rojkés de Alperovich), lo que quedó plasmado en el decreto DPP-60/09, del presidente del Senado.
Como consecuencia, el juez concluyó: "del examen provisorio de las normas involucradas se desprende que los actos llevados a cabo por el Senado, en cuanto a la elección de los integrantes de la CBP y a la emisión del acto que consolidó la nueva composición (el decreto DPP-15/10), en principio habrían vulnerado el derecho de la senadora Rojkés de Alperovich a la posibilidad de continuar integrando la CPB".
Horas antes de la medida cautelar dictada a favor de la senadora, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había hecho lugar al recurso de apelación formulado por Pichetto. Este había impugnado la resolución de Lavié Pico, que desestimó la recusación formulada contra el juez Ernesto Marinelli (originariamente la causa le había tocado a él). El tribunal también le ordenó a Lavié Pico que se pronunciara con urgencia sobre la cautelar solicitada.
Lavié Pico rechazó la medida cautelar que habían solicitado los senadores oficialistas Miguel Angel Pichetto, Nicolás Fernández y Marcelo Guinle con el fin de que fueran suspendidos los efectos del decreto DPP-15/10, que dio mayor preponderancia a la oposición en la CBP. No obstante, hizo lugar a idéntica pretensión formulada por Rojkés de Alperovich.
El juez consideró que, si en relación con Pichetto, Fernández y Guinle no advertía la afectación de ningún derecho, no podía decirse lo mismo respecto de la senadora.
Lavié Pico recordó que, luego de haberse producido la renovación del Senado el 10 de diciembre del año pasado, el 23 de ese mes se procedió a elegir los integrantes de la CBP (entre ellos, a Rojkés de Alperovich), lo que quedó plasmado en el decreto DPP-60/09, del presidente del Senado.
Como consecuencia, el juez concluyó: "del examen provisorio de las normas involucradas se desprende que los actos llevados a cabo por el Senado, en cuanto a la elección de los integrantes de la CBP y a la emisión del acto que consolidó la nueva composición (el decreto DPP-15/10), en principio habrían vulnerado el derecho de la senadora Rojkés de Alperovich a la posibilidad de continuar integrando la CPB".
Horas antes de la medida cautelar dictada a favor de la senadora, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había hecho lugar al recurso de apelación formulado por Pichetto. Este había impugnado la resolución de Lavié Pico, que desestimó la recusación formulada contra el juez Ernesto Marinelli (originariamente la causa le había tocado a él). El tribunal también le ordenó a Lavié Pico que se pronunciara con urgencia sobre la cautelar solicitada.









