10 Octubre 2008 Seguir en 
La paciencia del concejal José Luis Avignone (UCR) llegó a su límite. En diversas oportunidades, el edil solicitó de modo informal al presidente de la Legislatura, Juan Manzur, que se sancione la ley marco necesaria para que las municipalidades convoquen a una Convención Constituyente que dicte la carta orgánica del municipio.
El pedido adquirió formalidad el 21 de agosto, cuando el radical ingresó por mesa de entradas de la Cámara una nota dirigida a Manzur. No obstante, la norma tampoco fue sancionada, pese a que dos legisladores -Oscar Godoy (PJ) y José Cano (UCR)- presentaron sendos proyectos en la Legislatura.
Avignone, entonces, resolvió deducir una demanda de amparo por omisión de mandato constitucional contra el Estado Provincial. La presentación recayó en la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por Salvador Ruiz y por Horacio Castellano, bajo el expediente Nº 824/08.
El concejal opositor pretende que la Justicia conmine a la Legislatura a que sancione la norma que reglamente la convocatoria a elecciones constituyentes municipales y al Poder Ejecutivo a que la promulgue y publique en el Boletín Oficial.
El artículo 132 de la Carta Magna provincial prescribe que "esta Constitución consagra la autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional de los municipios. Podrán dictar su Carta Orgánica mediante una Convención convocada por el Intendente en virtud de una norma dictada por la Legislatura". Dicha ley debía haberse aprobado antes del 31 de diciembre de 2007, por lo que lleva casi 10 meses de mora.
"En caso de persistir en la morosidad, reticencia y/o desobediencia sobre el objeto de la presente demanda, VE imponga en lo pertinente, a sus responsables, las sanciones, medidas y apercibimientos que conforme a derecho pudieren corresponderle", pidió Avignone.
El pedido adquirió formalidad el 21 de agosto, cuando el radical ingresó por mesa de entradas de la Cámara una nota dirigida a Manzur. No obstante, la norma tampoco fue sancionada, pese a que dos legisladores -Oscar Godoy (PJ) y José Cano (UCR)- presentaron sendos proyectos en la Legislatura.
Avignone, entonces, resolvió deducir una demanda de amparo por omisión de mandato constitucional contra el Estado Provincial. La presentación recayó en la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por Salvador Ruiz y por Horacio Castellano, bajo el expediente Nº 824/08.
El concejal opositor pretende que la Justicia conmine a la Legislatura a que sancione la norma que reglamente la convocatoria a elecciones constituyentes municipales y al Poder Ejecutivo a que la promulgue y publique en el Boletín Oficial.
El artículo 132 de la Carta Magna provincial prescribe que "esta Constitución consagra la autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional de los municipios. Podrán dictar su Carta Orgánica mediante una Convención convocada por el Intendente en virtud de una norma dictada por la Legislatura". Dicha ley debía haberse aprobado antes del 31 de diciembre de 2007, por lo que lleva casi 10 meses de mora.
"En caso de persistir en la morosidad, reticencia y/o desobediencia sobre el objeto de la presente demanda, VE imponga en lo pertinente, a sus responsables, las sanciones, medidas y apercibimientos que conforme a derecho pudieren corresponderle", pidió Avignone.







