Piombo y Sal Llargués: jueces violadores

18 May 2015
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Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués.

Luego de que la Cámara de Casación Penal bonaerense, a cargo de los jueces Horacio PiomboRamón Sal Llargués  redujera la pena de un hombre acusado de abusar sexualmente de un niño de seis años bajo el argumento de que la víctima presenta una “orientación homosexual”, el fallo fue fuertemente repudiado por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans.

En marzo de 2010, el acusado Mario Tolosa, que en ese momento era el vicepresidente del Club Florida, fue encontrado culpable de haber llevado a un menor de 6 años a los baños de la cancha del club y haberlo sometido sexualmente, cosa que se supo cuando el niño le contó a su abuela lo ocurrido.

En aquel entonces, la Justicia ordenó la detención de Tolosa durante seis años por "abuso sexual con acceso carnal". La sentencia fue apelada y el 2 de junio de 2014, Piombo y el juez Benjamín Sal Llargués sacaron la calificación "gravemente ultrajante" al abuso sexual y bajaron la pena a tres años y dos meses. Los dos jueces argumentaron: "No puede ser ultrajado un niño que está acostumbrado a ser ultrajado en su casa y que está habituado a la sexualidad y que tiene una orientación homosexual".

Además, este no es el primer fallo de estos jueces con el mismo espíritu extremadamente garantista y benefactor de condenados, pues ya en 2006 le redujeron la pena a un violador por su perfil de "sátiro" y "psicópata". La condena de 17 años de prisión bajó a 14 años porque  los jueces tomaron en cuenta los informes psiquiátricos que determinaron que el delincuente, condenado por dos violaciones, posee "una alteración de la personalidad con rasgos psicopáticos perversos".

En noviembre de 2011, Piombo redujo la pena de 17 años, a 10 años y tres meses de prisión a un hombre que mató a su mujer con un martillo, porque consideró que la conducta de la pareja ejerció "una vigorosa influencia" en el accionar del homicida.

Ahora bien, ¿cual es el espíritu que gobierna la conducta de jueces como estos, que ven en el Derecho y en los Códigos el más inmoral de los salvoconductos para atenuar las penas?

Es cierto que hay una franja difusa y turbia en lo que en Derecho se refiere a la constitución de prueba, a la interpretación de las leyes por parte de los jueces y a las circunstancias generales en las que el delito se comete. En esa franja es donde trabajan los letrados para sacar de la cárcel a quienes quebraron la ley. Y es sabido que, en virtud del Código y los avales de la Constitución, es mucho más fácil para un penalista conseguir la atenuación de la condena que su incremento.

Pero los argumentos por los cuales se llega a esa merma de las penas son lo que aquí están haciendo escandaloso ruido. ¿Cómo puede un niño de 6 años ser considerado por un magistrado como gay? Es un niño, nada más y nada menos. Un ser humano en crecimiento y que merece el cuidado de los mayores, ese cuidado que no tuvo y que lo dejó como víctima en este desagradable caso. Y a esa víctima, estos jueces condenan con una estigmatizante sentencia que no solo escandaliza a la sociedad entera, sino que también manifiesta implícitamente que, a riesgo de pasar unos pocos años en prisión, se puede violar. Y se puede hacerlo porque detrás de ese acto hay jueces como estos, que violan el Sentido común, o para decirlo más técnicamente, la Sana Crítica, las verdades más evidentes; porque detrás de sus escritorios no rigen ansias de Justicia sino la miserable necesidad de permanencia en su cargo público, y nada más.


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